20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Jueza y beneficiaria UVA

En un reclamo de deudores UVA, una jueza entrerriana se excusó por ser beneficiaria-consumidora de un crédito hipotecario y alegó "interés personal en el resultado de las actuaciones".

La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 de Paraná, Elena Beatriz Albornoz, se excusó para intervenir en una causa contra el Banco de la Nación Argentina para que deje de actualizar las cuotas de los préstamos hipotecarios Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).

En el caso se solicitó la declaración de nulidad de las cláusulas de los contratos de préstamos hipotecarios para la adquisición de vivienda única y permanente, denominados "créditos UVA", por la cual los beneficiarios se obligan a devolver el capital prestado -determinado por Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) actualizado mensualmente por aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).

 

De este modo, la magistrada alegó interés personal en el resultado de las actuaciones, ya que “cualquier decisión que se adopte en el presente proceso podrá ser tomada como precedente para la promoción de cualquier acción" que podría iniciar en el futuro o "quedar involucrada en la clase de cualquier acción colectiva que se inicie en defensa de mis derechos”.

 

También se requirió que se reemplace la aplicación del CER para la determinación del incremento del capital prestado y el importe mensual de las cuotas de los "Créditos UVA", por la formula "HogAr", entre otras cuestiones.

La jueza, sin embargo, se excusó por ser beneficiaria-consumidora de un crédito hipotecario UVA. “El mismo fue otorgado bajo las mismas condiciones que el referido como caso testigo de la presente acción resultando la pretensión actoral de interés particular de quien suscribe pues las normas alegadas sobre las cuales se solicita su declaración de inconstitucionalidad considero, compartiendo lo pretendido por la accionante, afectan mis derechos amparados constitucionalmente, lo que me impide decidir con la debida objetividad”, afirmó.

De este modo, la magistrada alegó interés personal en el resultado de las actuaciones, ya que “cualquier decisión que se adopte en el presente proceso podrá ser tomada como precedente para la promoción de cualquier acción" que podría iniciar en el futuro o "quedar involucrada en la clase de cualquier acción colectiva que se inicie en defensa de mis derechos”.



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