20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

De víctima a victimaria

La Justicia de Tierra del Fuego condenó a la pena de prisión perpetua a una mujer acusada del crimen de su expareja. La imputada alegó haber actuado en “legítima defensa”, en el marco de violencia de género.

El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur de Tierra del Fuego condenó a la pena de prisión perpetua a una mujer acusada del crimen de su expareja, a pesar de que ella alegó haber actuado en “legítima defensa”.

El fiscal de juicio, Eduardo Urquiza, había pedido que fuera condenada a 8 años de prisión, el mínimo previsto para el delito de homicidio, al considerar que, si bien no hubo legítima defensa, existieron circunstancias extraordinarias de atenuación debido a la violencia -no física- que su expareja ejercía sobre ella.

Los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla consideraron a la mujer como “autora material y penalmente responsable del delito homicidio agravado por el vínculo”, la misma figura con que la causa había sido elevada a juicio.

 

La mujer sostuvo, por su parte, que se defendió ante el ataque de su pareja, quien -según su relato- la tomó fuertemente del cuello, al punto de "pensar que era su vida o la de él". Sin embargo, los magistrados afirmaron que los médicos ”no determinaron secuelas cicatrizales” en la zona y que la imputada hizo referencia a este accionar al final del debate, luego de declarar todos los testigos.

 

Los magistrados descartaron la hipótesis de que la imputada estaba “inmersa en una relación asimétrica de poder, donde su pareja ejercía dominación intramuros mediante violencia” y afirmaron que se trató de una “pareja como tantas otras, con planteos de celos como cualquiera, pero sin negar su existencia”.

La mujer sostuvo, por su parte, que se defendió ante el ataque de su pareja, quien -según su relato- la tomó fuertemente del cuello, al punto de "pensar que era su vida o la de él". Sin embargo, los magistrados afirmaron que los médicos ”no determinaron secuelas cicatrizales” en la zona y que la imputada hizo referencia a este accionar al final del debate, luego de declarar todos los testigos.

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