20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Los detalles de la normativa

Tucumán estrena Código

Comenzará a regir este martes el nuevo Código Procesal de Familia en Tucumán, aprobado el mes pasado por la Legislatura y con un fuerte rechazo de los Colegios de Abogados de la provincia. 

Desde este martes 1° de noviembre comenzará a regir el Nuevo Código Procesal de Familia de Tucumán, en medio de tensiones con el Colegio de Abogados que pidió a la Legislatura una prórroga de los códigos vigentes hasta abril 2023 por falta de capacitación.

Entre otras, el nuevo Código sostiene que para los niños, niñas y adolescentes los procesos y procedimientos debe ser ágiles, accesibles, apropiados y comprensibles para ellos. "Se deberá utilizar un lenguaje sencillo, de fácil comprensión y sin formalismos innecesarios, asegurando que los NNA tienen información suficiente sobre los procedimientos que se sigan y que les afecten. La tramitación debe ser diligente, asegurándose una pronta tramitación y resolución de sus casos".

"Las medidas provisionales y autosatisfactivas subsistirán mientras duren las circunstancias que la determinaron. La parte que solicitó la medida podrá pedir su ampliación, mejora o sustitución, justificando que la misma no cumple adecuadamente la función de garantía a la que está destinada", se agrega al respecto. 

 

"Este estado de cosas crea una gran incertidumbre entre los operadores jurídicos y pone a la sociedad toda en una clara situación de indefensión, lo que debe ser materia de atención de esa Honorable Legislatura", expresó su presidente, Rodolfo Gilli, en su requerimiento al vicegobernador y presidente del cuerpo, Sergio Mansilla.

 

 

"Los NNyA pueden participar o revestir la calidad de parte en todos los procesos de familia en los asuntos que los afecten, de acuerdo a su capacidad progresiva" y, "sin perjuicio de ello, y aun cuando no revistieran la calidad de parte procesal podrán participar del proceso que se trate y tendrán derecho a ser oídos por el juez en la oportunidad que considere pertinente según los intereses que estuvieren dirimiéndose".

En cuanto a los divorcios, "toda petición de divorcio, bilateral o unilateral, deberá ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de este". En caso de existir separación de hecho previa, deberá especificarse la fecha en que tuvo lugar. Si la propuesta o contrapropuesta unilateral se alegara separación de hecho previa y no fuera señalada con día, mes y año, se dispondrá que con carácter previo se lo precise.

"Si dicha precisión no se cumpliera, se dictará sentencia de divorcio difiriéndose pronunciamiento respecto de la fecha de disolución de la comunidad de ganancias, la que tramitara por vía incidental".

El reclamo de los abogados

Ante la inmimente fecha de aplicación, el Colegio de Abogados remitió a la Legislatura una solicitud de prórroga de los códigos vigentes hasta el 1° de Abril de 2023 "a fin de que se resuelvan los problemas señalados y se completen las capacitaciones que al día de la fecha no han concluido".

"Este estado de cosas crea una gran incertidumbre entre los operadores jurídicos y pone a la sociedad toda en una clara situación de indefensión, lo que debe ser materia de atención de esa Honorable Legislatura", expresó su presidente, Rodolfo Gilli, en su requerimiento al vicegobernador y presidente del cuerpo, Sergio Mansilla.

Además, solicitó a la Suprema Corte "que acompañe el pedido de este Colegio a la Legislatura en pos de evitar mayores inconvenientes a la ciudadanía, ya que por cuestiones procesales vinculadas a lo antes mencionado, pueden llegar a perder sus causas judiciales".

"El Colegio, quiere poner en conocimiento de los tucumanos esta grave situación evitable, que pone en incertidumbre a los operadores jurídicos y, de no resolverse, dejará indefensa a la sociedad", concluyó el comunicado.

 

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