16 de May de 2024
Edición 6967 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 17/05/2024

La intención es lo que cuenta

La Cámara del Crimen rechazó el pedido de libertad a un hombre que cometió un robo pero aseguró que se encontraba con las facultades alteradas por el consumo de cocaína, marihuana y benzodiazepinas. 

En la causa "SUAREZ, A. D. y otro s/hurto con escalamiento", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional rechazó la libertad de un hombre que cometió un robo pero aseguró que no estaba consciente de su accionar, ya que se encontraba bajo los efectos de la cocaína, marihuana y benzodiazepinas. 

El Tribunal integrado por Ignacio Rodríguez Varela, Ricardo Matías Pinto y Magdalena Laíño destacó que al momento de su detención, el imputado "exhibió un comportamiento hostil y paranoide y un estado de salud mental por el que debió ser evaluado en reiteradas ocasiones por profesionales del Hospital Borda, siéndole proporcionada medicación y habiéndose determinado en los análisis de orina que fueron efectuados la presencia de cocaína, marihuana y benzodiazepinas en su organismo", pero dicho informe no es suficiente para revocar el procesamiento.

 

 

"Lo expuesto, entonces, evidencia un accionar previsor, lógico y final en su comportamiento que, en principio, descarta que no haya comprendido o dirigido su acción", ponderó el fallo.

 

Al respecto, los jueces explicaron “la capacidad de motivación es de naturaleza eminentemente normativa: no debe confundirse, por tanto, con una cuestión médica o psiquiátrica, aunque sea necesario determinar algunos aspectos mediante la ayuda de conceptos médicos”.

Es que “la información médica es necesaria, entonces, para allegar al juez un conocimiento ajeno a su formación, pero no puede suplantar el juicio de imputabilidad que, como actividad tendiente a establecer la capacidad de determinación conforme a los dictados del deber jurídico, es indelegable del magistrado”.

En ese marco, tuvieron en cuenta las imágenes recabadas por el Centro de Monitoreo Urbano exhiben al hombre cuando salta una pared para ingresar al predio donde tomó 9 paneles de hierro que, conforme surge de las imágenes, le fue pasando por arriba del muro a cómplice, quien lo aguardaba afuera.

Luego, volvió a saltarlo para salir del lugar. "Sobre el punto, además, es importante destacar que colocaron un colchón para amortiguar la caída de los mencionados objetos, que una vez que se hicieron de los mismos los habrían guardado juntos en una bolsa blanca de arpillera y que al advertir el arribo de personal policial, Romero Melgarejo habría procurado darse a la fuga", remarcaron los camaristas.

"Lo expuesto, entonces, evidencia un accionar previsor, lógico y final en su comportamiento que, en principio, descarta que no haya comprendido o dirigido su acción", ponderó el fallo.

A su vez, tal conclusión se ve respaldada porque un médico del Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich, quien lo evaluó clínicamente. asentó en su historia clínica que presentaba su juicio conservado y capacidad para comprender y afrontar los procesos legales “que le correspondan”.

 

 

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