20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Otro revés para Doñate

En línea con lo resuelto por la Corte Suprema, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal admitió el amparo del senador Luis Juez y declaró la nulidad de la designación de Martín Doñate en el Consejo de la Magistratura.

La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, integrada por Liliana M. Heiland, Clara M. do Pico y Rodolfo Eduardo Facio, declaró la nulidad del decreto parlamentario DPP n° 86/22, en cuanto designó para integrar el Consejo de la Magistratura para el períoodo 2022-2026, por la segunda minoría al senador Martín Doñate —como titular— y la senadora Anabel Fernández Sagasti —como suplente—, como así también declaró que la partición del Bloque “Frente de Todos” resulta inoponible a los fines de la conformación del Consejo de la Magistratura.

Así los jueces confirmaron que la partición del Bloque “Frente de Todos” –en Unidad Ciudadana (14 integrantes) y Frente Nacional y Popular (21 integrantes)- resulta "inoponible" a los fines de la conformación del Consejo de la Magistratura.

En su fallo, la Cámara desesimó los planteos formulados por el Senado respecto de que estaba bajo análisis una  cuestión política "no judiciable".

 

Vale recordar que el Frente Pro reclama la segunda minorí­a, pretendiendo designar a Luis Alfredo Juez y Humberto Luis Schiavoni como consejero titular y suplente, respectivamente. Este silla aún sigue vacante en el órgano que designa y sanciona a los jueces.

 

Esta decisión va en línea con lo resuelto por la Corte Suprema, que recientemente ordenó tomarle juramento a los senadores María Inés Pilatti Vergara, Mariano Recalde y Eduardo Alejandro Vischi para integrar el órgano, dejando de lado a Doñate.

Vale recordar que Frente Pro reclama la segunda minorí­a, pretendiendo designar a Luis Alfredo Juez y Humberto Luis Schiavoni como consejero titular y suplente, respectivamente. Esta silla sigue vacante en el órgano que designa y sanciona a los jueces.

“En este escenario dado por un conjunto de pautas directrices emitidas por el Máximo Tribunal, la partición del bloque Frente de Todos resulta palmariamente lesiva”, dijo la Sala I.

"Puede concluirse, pues, en que, con arreglo a la recordada jurisprudencia de la Corte Suprema, el Honorable Senado Nacional no logró demostrar, con la fuerza argumentativa necesaria, la existencia de diferencias relevantes entre este caso y los precedentes “Juez” y —lógicamente, en ese esquema jurisprudencial — “Colegio de Abogados” señaló la Alzada.

A su vez, la jueza Clara María do Pico agregó: “La intervención­ de la Corte Suprema de Justicia de la Nación impone la solución del caso, ya que no es posible discutir válidamente la interpretación de los hechos y el derecho aplicable a la cuestión sometida a conocimiento del tribunal".



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
La reforma de la Magistratura
A juzgar la situación de Doñate
A días de la jura de los nuevos consejeros
Segundo capítulo para el "DoñateGate"
Disputa por la integración
Doñate se quedó afuera del Consejo

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486