03 de May de 2024
Edición 6958 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/05/2024

Santa condena

En el marco de una causa por tala ilegal y contrabando de palo santo, Casación rechazó los recursos de los involucrados que ofrecieron una compensación y ordenó la realización del juicio oral. 

En la causa "DOMÍNGUEZ, Claudio Gustavo y otros s/recurso de casación", la Cámara Nacional de Casación Penal confirmó el procesamiento de 14 personas, entre los que se encuentran empresarios y funcionarios públicos, por el contrabando de toneladas de madera de palo santo.

El procesamiento es también es por la presunta falsificación de documentos públicos que se habrían utilizado para fraguar el origen real de la madera de palo santo. Hay entre los procesados cuatro funcionarios públicos, de los cuales tres intervinieron en distintas etapas de la maniobra denunciada: trabajaron para la empresa responsable del desmonte y, en otro momento, tuvieron cargos en la Secretaría de Ambiente de Salta. 

 

El fallo destacó que "la especie palo santo cuenta con una prominente protección en el ámbito provincial, nacional e internacional. Y nuestra jurisprudencia destacó que el daño que produce la tala y desmonte de forma indiscriminada de bosques nativos es irreparable para el ambiente y la biodiversidad, afectando tanto a las generaciones presentes como a las futuras".

 

 

Los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Hernán Borinsky coincidieron en que "los elementos que fueron hallados en los procedimientos oportunamente ordenados -toneladas de madera de palo santo sin identificar; guías forestales sobreescrituradas, borradas, reutilizadas o en blanco y cuadernos con anotaciones sobre los múltiples usos que podrían darse a las resoluciones ministeriales, entre otros elementos- dan cuenta que estamos frente a una estructura con características propias de una organización criminal compleja".

Por lo tanto "no se trata de un caso aislado, sino que se enmarca en un esquema de actuación más amplio, sumamente organizado y con instancias de proceso bien definidas, a través del cual se llevaría a cabo, en forma irregular, la exportación de madera de palo santo originada en la actividad de tala clandestina".

 "Y ello habría ocurrido con la intervención de los tres funcionarios públicos antes mencionados", agregaron los camaristas al respecto.

En ese sentido, dadas las particularidades del caso y las graves consecuencias que tendrían en el ambiente y en la sociedad en su conjunto, “no se trataría de un caso en donde puede haber una reparación del daño y mucho menos integral”, se lee en la sentencia.

El fallo destacó que "la especie palo santo cuenta con una prominente protección en el ámbito provincial, nacional e internacional. Y nuestra jurisprudencia destacó que el daño que produce la tala y desmonte de forma indiscriminada de bosques nativos es irreparable para el ambiente y la biodiversidad, afectando tanto a las generaciones presentes como a las futuras".

 

 

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