Mediante un comunicado, los jueces de familia de la ciudad de Córdoba anunciaron que modificarán el criterio para la actualización de los intereses en planillas de deudas judiciales frente al contexto inflacionario que atraviesa el país.
En forma unánime, resolvieron que, en las causas que se tramitan en los juzgados de familia mencionados, se aplicará, en concepto de interés, en las liquidaciones a formularse un 3% nominal mensual, más la tasa pasiva que publica el Banco Central de la República Argentina, a partir del 1 de enero de 2023.
“Durante el último tiempo se han reiterado consultas de abogadas y abogados que litigan en el fuero de las familias en relación a la posibilidad de modificación del criterio para la actualización de los intereses en planillas de deudas judiciales”, señalaron en el texto.
En los últimos meses se dieron diversos pronunciamientos en relación al contexto inflacionario vigente en el país, por lo que los magistrados advirtieron: “Buscamos arribar a un criterio único luego de analizar los diferentes pronunciamientos que se han dictado, producto de la generalizada crisis económica aguda de nuestro país que sin dudas justifica un cambio en los intereses judiciales vigentes”.
La medida busca que aquellos que litigan en los juzgados de familia no obtengan resoluciones diferentes en cada tribunal, sin perjuicio de la facultad que otorga el artículo 771 del Código Civil y Comercial de la Nación, conforme a las especificidades del caso concreto.
En los últimos meses se dieron diversos pronunciamientos en relación al contexto inflacionario vigente en el país, por lo que los magistrados advirtieron: “Buscamos arribar a un criterio único luego de analizar los diferentes pronunciamientos que se han dictado, producto de la generalizada crisis económica aguda de nuestro país que sin dudas justifica un cambio en los intereses judiciales vigentes”.