En la causa “T. F. A. M. s/ encubrimiento agravado y otros”, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional ordenó el procesamiento de un agente de policía que alteró la escena del crimen para encubrir el delito previamente cometido.
El hombre fue procesado porque a los pocos minutos del tiroteo en el que falleció una persona, se dirigió junto a uno de sus protagonistas hasta la seccional policial, donde ingresó rápidamente para tomar la réplica de un arma de fuego y entregársela a su acompañante, a quien después trasladó hasta donde se hallaba el automotor de la víctima, en cuyo interior fue aquella colocada, alterando la escena del crimen para encubrir el delito previamente cometido.
“El imputado estaba en cabal conocimiento de lo realmente ocurrido con los damnificados y participó activamente del plan urdido posteriormente para justificar el accionar de los miembros de la brigada, por lo que su procesamiento resulta ajustado a derecho y a las constancias de la causa”, concluyó la Cámara.
En ese marco, el Tribunal integrado por Ignacio Rodríguez Varela y Hernán López entendió que el encubrimiento se agrava por “su condición de funcionario público y ser el delito precedente especialmente grave, en concurso ideal con privación ilegal de la libertad calificada por tratarse de un funcionario público que obró con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por ley”.
“A los fines de enmascarar la palmaria ilegalidad de su accionar, informaron falsamente a las autoridades que el episodio se había tratado de un ‘enfrentamiento armado’, desatado tras intentar identificar a los ocupantes de un rodado que venía realizando maniobras imprudentes en la vía pública y luego de que uno de ellos empuñara un arma de fuego”, se lee en el fallo.
Los camaristas rechazaron los argumentos de la defensa al sostener que “no resulta verosímil ni adecuado a la urgencia que él mismo dijo que los embargaba, que en lugar de dirigirse directamente al escenario de los hechos, optaran por desviar su trayecto y encaminarse a la seccional policial ubicada a más de diez cuadras con la nimia excusa de buscar ‘cinta de peligro’, cuya utilidad, además, era incierta pues desconocían qué tipo de procedimiento se había montado en el lugar y, a todo evento, podían requerírsela a cualquiera de los más de treinta agentes ya avocados al operativo”.
“El imputado estaba en cabal conocimiento de lo realmente ocurrido con los damnificados y participó activamente del plan urdido posteriormente para justificar el accionar de los miembros de la brigada, por lo que su procesamiento resulta ajustado a derecho y a las constancias de la causa”, concluyó la Cámara.