04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Que el Estado no se quede con la casa

La Cámara CATyRC rechazó un desalojo impulsado por el Gobierno local por las supuestas irregularidades en un inmueble en relación a las condiciones de funcionamiento, seguridad e higiene del lugar. "El GCBA no resulta propietario ni se encuentra en uso y goce del inmueble citado",aseguró.

La Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la ciudad de Buenos Aires rechazó un desalojo impulsado por el Gobierno local, en virtud de las supuestas irregularidades en un inmueble que, esgrimió, afectan las condiciones de funcionamiento, seguridad e higiene del lugar.

En primera instancia se rechazó la acción de desalojo promovida por el GCBA, sin perjuicio, de destacar que el Ejecutivo local “posee potestades suficientes para adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de normas de higiene, seguridad y orden público, y en materia de policía del trabajo”, según la sentencia.

“(…) el GCBA no resulta propietario ni se encuentra en uso y goce del inmueble citado, y más allá de las razones invocadas para justificar su actuación, lo cierto es que ellas no encuadran en ninguno de los supuestos definidos por la ley para encauzar su pretensión en la vía procesal elegida, por lo que el GCBA no se encuentra legitimado para requerir el desalojo del inmueble en cuestión”, reiteró la Alzada al analizar el recurso de apelación.

El gobierno porteño puede “desalojar o demoler edificios que amenacen ruina”, pero dicha circunstancia no se verifica en el caso, de conformidad con lo informado por la Dirección General de Guardia y Auxilio y Emergencias.

Sin embargo, el Ejecutivo local reiteró que se trata de una situación de urgencia y que “la intervención judicial es requerida en el caso ya que es necesario ejercer violencia sobre los bienes y las personas”.

“(…) el GCBA no resulta propietario ni se encuentra en uso y goce del inmueble citado, y más allá de las razones invocadas para justificar su actuación, lo cierto es que ellas no encuadran en ninguno de los supuestos definidos por la ley para encauzar su pretensión en la vía procesal elegida, por lo que el GCBA no se encuentra legitimado para requerir el desalojo del inmueble en cuestión”, reiteró la Alzada al analizar el recurso de apelación.


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