27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Corte y Procuración conectadas

La SCBA dispuso la puesta en funcionamiento de los servicios digitales provistos por los sistemas AUGUSTA, SIMP, Inforec, Receptoría Penal y Receptoría Penal Juvenil. Cuándo comenzará a funcionar.

A través de la Resolución SC Nº 2921/23, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dispuso la puesta en funcionamiento de los servicios digitales provistos por los sistemas AUGUSTA, SIMP, Inforec, Receptoría Penal y Receptoría Penal Juvenil. 

En coordinación con la Procuración General, el Máximo Tribunal bonaerense detalló que la medida estará disponible para actuaciones como elevación a Juicio de la Investigación Penal Preparatoria Electrónica, por parte de los Juzgados de Garantías y Juzgados de Garantías del Joven; y la remisión a Etapa de Ejecución de la Investigación Penal Preparatoria con sentencia de Juicio Abreviado por parte de los Juzgados de Garantías.

Asimismo, para la interposición de Recursos de Apelación desde el Juzgado de Garantías o Juzgado de Garantías del Joven.

 

La puesta en funcionamiento se efectivizará en dos etapas: a partir del día 13/11/2023, en la departamental Dolores y desde el 27/11/23, en los restantes departamentos judiciales.

 

 

También para la remisión de causas sobre Protección contra la Violencia Familiar, en el marco del Acuerdo 4099, al Juzgado de Paz o a la Receptoría de Expedientes para su adjudicación al Juzgado de Familia correspondiente.

La puesta en funcionamiento se efectivizará en dos etapas: a partir del día 13/11/2023, en la departamental Dolores y desde el 27/11/23, en los restantes departamentos judiciales.

En la norma se establece, a su vez, la obligatoriedad de uso de un nuevo "Protocolo de actuación para los procesos penales", que se encuentra en el Anexo I; y el reemplazo de la "Guía de Procedimiento para efectivizar las comunicaciones en los procesos de Violencia Familiar o de Violencia de Género en el ámbito doméstico (Ac. 3964 conf. Ac. 4099)", por la que conforma el Anexo II.

La decisión señala que el proceso de interoperabilidad se implementa en forma gradual e incremental, y que deberá continuar y extenderse a todos los fueros en la medida de las necesidades de interacción entre las jurisdicciones Administración de Justicia y Ministerio Público.

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