20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Agentes identificados

La justicia porteña habilitó la feria y ordenó a la Policía de la Ciudad a que sus agentes y vehículos tengan identificaciones en el operativo de seguridad del paro del 24 de enero próximo.

En la causa “COMISION EJECUTIVA PROVINCIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DE LA CENTRAL DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA ARGENTINA CONTRA GCBA S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA”, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad ordenó a la Policía de la Ciudad a que sus agentes, tanto uniformados como civiles, y sus vehículos deberán estar identificados en el operativo de seguridad en el marco de la movilización del paro del 24 de enero.

ATE detalló en la demanda que "con los antecedentes de la última movilización de fecha 27/12/2023 en donde la Policía de la Ciudad no se encontraba debidamente identificada y su accionar fue provocador e ilegal resulta menester disponer de medidas que garanticen el debido cumplimiento de la ley, y en consecuencia, resguarden los derechos fundamentales de las personas que decidan participar del acontecimiento".

 

 

 

“El uniforme y la identificación de los agentes de seguridad en el contexto de protestas tienen una función preventiva, dado que los agentes actúan con una expectativa mayor de rendición de cuentas”, concluyó la sentencia.

 

 

La jueza Patricia López Vergara habilitó la feria y entendió que “la presencia y la intervención de policías de civil y móviles policiales sin identificación en el operativo a desplegarse por la Policía de la Ciudad devendrían contrarias a la normativa vigente y en transgresión a la protección de los derechos fundamentales. Ello así, en tanto afectarían el posterior control, la rendición de cuentas y la asignación de responsabilidades”.

El fallo sostiene que “la búsqueda de la paz no desconoce la existencia de conflictos y disensos. Cada vez que la justicia cumple con su función de resolver conflictos entre partes asegura a la vez la paz social. La paz no es sólo ausencia de violencia; se erige como proyección del derecho a la vida como un deber de cada ser humano en tanto persona”.

“Con este reconocimiento como tal a partir de la modernidad, a quienes además tenemos responsabilidades estatales se nos impone e interpela a trabajar en pos de este anhelo vital. Ello, a fin de bregar por el fortalecimiento de las instituciones democráticas, desde el marco originario de la Revolución Francesa que no es más que la solidaridad, unida al reconocimiento de la alteridad, la aceptación de la diversidad y la cooperación entre las personas”, agregó la jueza la respecto. 

La magistrada citó jurisprudencia de la CIDH donde se señaló que “la partición en los operativos de seguridad de policías de civil o sin su correspondiente identificación presenta problemas para la revisión administrativa y/o judicial de posibles irregularidades y/o violaciones de derechos. La falta de una correcta identificación constituye un obstáculo adicional para la asignación de responsabilidades en contextos en los que la reconstrucción de los hechos es de por sí compleja”.

“El uniforme y la identificación de los agentes de seguridad en el contexto de protestas tienen una función preventiva, dado que los agentes actúan con una expectativa mayor de rendición de cuentas”, concluyó la sentencia.

 

 

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