24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024

Gol en contra para Francescoli

La Cámara Civil rechazó la demanda del exjugador de fútbol Enzo Francescoli contra el exdirigente Horacio Roncagliolo por una serie de dichos en los medios de comunicación. El fallo destacó el papel de las instituciones deportivas en la sociedad y las discusiones públicas sobre el modo en que se gestionan.

(Conmebol)

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, integrada por Paola Mariana Guisado y Juan Pablo Rodríguez, rechazó la demanda del exjugador de fútbol y el mánager de River Plate Enzo Francescoli contra el exdirigente Horacio Roncagliolo por una serie de dichos en los medios de comunicación.

Francescoli inició la demanda por daños y perjuicios contra Roncagliolo por la suma de $ 1.000.000, con más sus intereses y costas. Todo ocurrió en 2013, cuando el Club Atlético River Plate se encontraba inmerso en una crisis económica, financiera e institucional. En el contexto de la elección de nuevas autoridades se impuso el Rodolfo D`Onofrio acompañado como vicepresidente Jorge Brito. Francescoli fue invitado a participar en la gestión como “Asesor Deportivo-Manager"; mientras que en segundo lugar quedó la lista integrada por Roncagliolo, a quien acusó de realizar un “raid mediático” como "campaña de desprestigio".

Según se desprende de la causa, el demandado afirmó en una entrevista: "Ya digo, yo acá no estoy diciendo que haya robado Francescoli, ni que haya robado el Presidente del Club, no me importa nada de sus patrimonios personales, si tiene plata en la India o en Japón, yo quiero saber por qué en la historia de River que hemos tenido Presidentes no tan buenos, nunca se ha hecho un pago con retroactividad al año 2014, ni mucho menos decir el concepto de que le pagamos, porque le pagamos…” (sic) y “…yo digo que actualmente como ellos no están dando a conocer ningún tipo de información al respecto, y la están ocultando, eventualmente se puede dar una Asociación ilícita entre la Comisión Directiva del Club encabezada por el Presidente D´Onofrio y Enzo Francescoli".

El exfutbolista sostuvo que los dichos en distintos medios de comunicación fueron "falsos, difamatorios e injuriosos" y afectaron gravemente su honor, pero en primera instancia se rechazó la demanda  y se concluyó que en el caso las manifestaciones del demandado relativas al cobro de la suma de dinero al actor "no constituye en sí misma una afirmación susceptible de lesionar el honor de una persona, especialmente por la forma en que fueron expresadas". En concreto, el juez de grado entendió que la afrenta al honor se daría en el supuesto en que se diera a entender que el receptor de la transferencia la hubiera recibido en virtud de alguna clase de finalidad espuria, ilegal o inmoral.

Señaló, asimismo, que el demandado sostuvo en sus declaraciones que “eventualmente la dirigencia del mencionado club podría haber incurrido en el delito de administración fraudulenta por lo que efectúo las presentaciones judiciales pertinentes”, por lo que tal como se señala en la demanda, Roncagliolo se cuidó de utilizar el tiempo condicional.

En ese marco, la alzada coincidió con el juez de grado en que la forma en que el demandado se expresó y el contexto: “No puede omitirse la importancia que el fútbol ha adquirido en nuestra sociedad y las repercusiones tanto culturales como sociales que tienen los acontecimientos que se vinculan con esta actividad, lo que desborda ampliamente el ámbito de las asociaciones civiles sin fines de lucro a través de la cual se organizan los clubes de fútbol. (…) a ningún observador se le escapa que cuando se trata de un club de la importancia de River Plate, no sólo las elecciones en sí, sino las campañas que se dan en el marco de los comicios que allí se desarrollan se han transformado de un tiempo a esta parte en cuestiones con repercusiones de relevancia en la sociedad - lo que se puede verificar a partir del lugar que tales eventos ocupan en diarios de amplia circulación- e incluso en la política nacional”.

 

Para los jueces, “es esperable que cualquiera que ocupa un lugar de relevancia en las actividades de tales clubes esperen encontrarse sometidos a un escrutinio un tanto más amplio de las actividades que allí desarrollan”, y así confirmaron el rechazo de la demanda.

 

Y añadió: “Esto resulta relevante porque entiendo que, sin dudas, tiene un efecto amplificador en el tipo de discusiones que pueden darse en el marco de tales eventos e, incluso, en la intensidad con que se producen. Así, el control de actos de gobierno de una institución de esa especie que antes eran seguidos por unos pocos activos participantes de la vida política de los clubes se han transformado en parte de un debate mucho más amplio y ello lleva -reitero- a discusiones mucho más extensas sobre el modo en que se gestionan tales instituciones”.

Para los jueces, “es esperable que cualquiera que ocupa un lugar de relevancia en las actividades de tales clubes esperen encontrarse sometidos a un escrutinio un tanto más amplio de las actividades que allí desarrollan”, y así confirmaron el rechazo de la demanda.
 



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