26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

Indemnización belieber

Por aplicación de la Ley de Defensa al Consumidor, un fallo ordenó indemnizar a una joven por el show fallido de Justin Bieber el estadio River Plate de Buenos Aires en 2013.

En la causa "FANESSI LORENA CARLA C/ FEG ENTRETENIMIENTOS S.A. Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS (SUMARÍSIMO)", el Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones de Cipolletti, Río Negro, ordenó indemnizar a una joven por el show fallido de Justin Bieber el estadio River Plate de Buenos Aires.

En 2012, el artista había planeado varios conciertos en Buenos Aires y Córdoba, pero tuvo que retirarse del escenario después de 40 minutos debido a una grave intoxicación. Las presentaciones del día siguiente fueron canceladas. La noche anterior, Bieber había sido parte de un incidente violento en un club nocturno de Palermo.

 

La sentencia argumentó que la ejecución deficiente del concierto de Bieber, incapaz de completarlo de manera normal, constituye un incumplimiento de la oferta presentada al consumidor. La cancelación o interrupción de un espectáculo por problemas de salud del artista no es un evento imprevisible o inevitable. 

 

Casi cinco años después, la joven, que en ese momento era adolescente, interpuso una demanda civil por las frustraciones vividas. La causa enfrentó un cambio de abogados y dificultades por la distancia, ya que las empresas demandadas tienen domicilio en Buenos Aires. 

La adolescente acreditó que viajó junto con su madre porque era fanática del artista canadiense. De todos modos, los cuarenta minutos de show hicieron que regresara a Cipolletti con una gran desilusión. Las empresas Feg Entretenimientos S.A y Mibles S.A, ahora condenadas, nunca ofrecieron la devolución del dinero. 

El fallo se basó en la Ley de Defensa del Consumidor y, aunque las empresas presentaron un certificado médico sobre la condición de Bieber, fueron obligadas a indemnizar a la joven y a su madre. Esto incluye el costo de las entradas, los gastos de vuelo y el cincuenta por ciento del alojamiento. 

Además, se les adjudicó una compensación por daño moral, como forma de reparar la decepción sufrida.

"Al proveedor que no cumpla sus obligaciones legales o contractuales con el consumidor, a instancia del damnificado, el juez podrá aplicar una multa civil a favor del consumidor, la que se graduará en función de la gravedad del hecho y demás circunstancias del caso, independientemente de otras indemnizaciones que correspondan. Cuando más de un proveedor sea responsable del incumplimiento responderán todos solidariamente ante el consumidor, sin perjuicio de las acciones de regreso que les correspondan. La multa civil que se imponga no podrá superar el máximo de la sanción de multa prevista en el artículo 47, inciso b) de esta ley”, recordó el fallo.

La sentencia argumentó que la ejecución deficiente del concierto de Bieber, incapaz de completarlo de manera normal, constituye un incumplimiento de la oferta presentada al consumidor. La cancelación o interrupción de un espectáculo por problemas de salud del artista no es un evento imprevisible o inevitable. 

En tales casos, agregó el juez Diego De Vergilio, “se considera adecuada la reprogramación del evento o, según prefiera el consumidor, el reembolso del precio pagado, lo cual no fue ofrecido como solución, negando así a la demandante el derecho al reembolso”.

 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Vía libre para Roger Waters
Otro amparo en la pared
La doctrina “Mosca” no es para todos
En fallo cerrado no entran “Moscas”
Una complicación judicial redonda
No lo soñé

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486