Por medio del Decreto Acuerdo Nº 467-G/2024, el poder ejecutivo de la provincia de Jujuy, modificó los artículos 1, 3, 4 y 5 de la ley 6.385 disponiéndose la entrada en vigencia del Código Procesal Civil y Comercial de Jujuy (Ley Nº 6.358), la Ley Procesal Constitucional (Ley Nº 6.360), Ley Procesal del Trabajo (Ley Nº 6.361) y Ley Procesal de Familia (Ley Nº 6.362) para el día 1º de agosto de 2024, quedando así prorrogadas las mismas, hasta readecuar la infraestructura y organización necesaria.