Una pareja cordobesa inició una demanda contra AstraZeneca y el Gobierno nacional, alegando supuestos daños y perjuicios como consecuencia de Síndrome de Guillain Barre post vacunación.
La causa recayó en el Juzgado Federal de Río Cuarto, a cargo del juez Carlos Ochoa, y el reclamo asciende a la suma de $100 millones de pesos, esto es, $7,4 millones por incapacidad sobreviviente, $25,3 millones por el fondo de reparación Ley 27.573, otros $9,3 millones por el proyecto de vida-pérdida de chance, $7,5 millones por daño moral, $1,5 millones por el daño moral de la pareja, $49,5 millones por daño punitivo y $180 mil por daño emergente.
El hecho ocurrió en enero de 2022 cuando la mujer, de 39 años, se inoculó la tercera dosis de la vacuna y ese misma día comenzó con calambres fuertes y debilidad muscular. Luego de una punción lumbar le diagnostican síndrome de Guillain Barré con cuadriparesia.
Sostuvo que se vacunó "producto de la gran presión social, laboral, de los medios de comunicación y coacción ejercida desde el mismo Estado". También dijo que jamás fue informada o se le advirtió que podría sufrir efectos adversos.
Según la presentación, la demandante actualmente deambula con extrema dificultad con ayuda del andador o terceros, y requiere tratamiento de rehabilitación neurorrehabilitación, como también sufre de "fuertes dolores en la espalda, rodillas migrañas, mareos, náuseas y depresión".
En el expediente solicitó, entre otras cuestiones, la inconstitucionalidad de la Ley de Vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el Covid-19 (27.573), publicada en Boletín Oficial en noviembre de 2020. Cuestionó el artículo 2 - que autoriza la prórroga de jurisdicción- y el 4 - cláusula de indemnidad patrimonial, en favor de los laboratorios-, por considerar que "y cuestionada de vacunas cercena la posibilidad de acceso al organismo jurisdiccional con garantías de incolumnidad e imparcialidad, pues mediante una cláusula leonina a favor del poderoso, limita esa garantía constitucional y derecho humano básico, así de manera irrazonable y caprichosa, invirtiendo la lógica jurídica violenta el principio “pro homine” establecido en todos los tratados internacionales".
"La llamada cláusula de Indemnidad, impide el ejercicio de mi derecho a peticionar a las autoridades establecido en el artículo 14 de nuestra Constitución Nacional", agregó.
Según la presentación, la demandante actualmente deambula con extrema dificultad con ayuda del andador o terceros y requiere tratamiento de rehabilitación neurorrehabilitación, como también sufre de "fuertes dolores en la espalda, rodillas migrañas, mareos, náuseas y depresión".
En el caso, la Comisión Nacional de las Vacunas concluyó que "en la actualidad no se ha podido establecer un nexo de causalidad entre la vacuna suministrada y el presunto efecto adverso denunciado”.