Una pareja cordobesa inició una demanda contra AstraZeneca y el Gobierno Nacional, alegando supuestos daños y perjuicios como consecuencia de Síndrome de Guillain-Barré post vacunación.
La causa recayó en el Juzgado Federal de Río Cuarto, a cargo del juez Carlos Ochoa, y el reclamo asciende a la suma de $100 millones de pesos, esto es, $7,4 millones por incapacidad sobreviviente, $25,3 millones por el fondo de reparación Ley 27.573, otros $9,3 millones por el proyecto de vida-pérdida de chance, $7,5 millones por daño moral, $1,5 millones por el daño moral de la pareja, $49,5 millones por daño punitivo y $180 mil por daño emergente.
El hecho ocurrió en enero de 2022 cuando la mujer, de 39 años, se inoculó la tercera dosis de la vacuna y ese misma día comenzó con calambres fuertes y debilidad muscular. Luego de una punción lumbar le diagnostican Síndrome de Guillain-Barré con cuadriparesia.
Sostuvo que se vacunó "producto de la gran presión social, laboral, de los medios de comunicación y coacción ejercida desde el mismo Estado". También dijo que jamás fue informada o se le advirtió que podría sufrir efectos adversos.
Según la presentación, la demandante actualmente deambula con extrema dificultad con ayuda del andador o terceros, y requiere tratamiento de rehabilitación neurorrehabilitación, como también sufre de "fuertes dolores en la espalda, rodillas migrañas, mareos, náuseas y depresión".
En el expediente solicitó, entre otras cuestiones, la inconstitucionalidad de la Ley de Vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el Covid-19 (27.573), publicada en Boletín Oficial en noviembre de 2020. Cuestionó el artículo 2 - que autoriza la prórroga de jurisdicción- y el 4 - cláusula de indemnidad patrimonial, en favor de los laboratorios-, por considerar que "y cuestionada de vacunas cercena la posibilidad de acceso al organismo jurisdiccional con garantías de incolumnidad e imparcialidad, pues mediante una cláusula leonina a favor del poderoso, limita esa garantía constitucional y derecho humano básico, así de manera irrazonable y caprichosa, invirtiendo la lógica jurídica violenta el principio “pro homine” establecido en todos los tratados internacionales".
"La llamada cláusula de Indemnidad, impide el ejercicio de mi derecho a peticionar a las autoridades establecido en el artículo 14 de nuestra Constitución Nacional", agregó.
Según la presentación, la demandante actualmente deambula con extrema dificultad con ayuda del andador o terceros y requiere tratamiento de rehabilitación neurorrehabilitación, como también sufre de "fuertes dolores en la espalda, rodillas migrañas, mareos, náuseas y depresión".
En el caso, la Comisión Nacional de las Vacunas concluyó que "en la actualidad no se ha podido establecer un nexo de causalidad entre la vacuna suministrada y el presunto efecto adverso denunciado”.