20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Adiós a los telegramas web

La AFIP dejó sin efecto el servicio informático denominado “Telegramas Laborales”, que servía para enviar al organismo la copia de la intimación que hayan enviado a sus empleadores.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dejó sin servicio informático denominado “Telegramas Laborales”, que se utilizaba para el envío a este organismo de la copia prevista en el artículo 11 de la Ley 24.013 y sus modificaciones.

Vale recordar que la Ley 24.013 y sus modificaciones estableció en su artículo 11, que las indemnizaciones previstas en sus artículos 8, 9 y 10 procederán cuando el trabajador o la asociación sindical que lo represente cumplimente en forma fehaciente la intimación al empleador a fin de que regularice la relación laboral, debiendo asimismo remitir a esta Administración Federal copia del mencionado requerimiento dentro de las veinticuatro horas hábiles siguientes.

 

El servicio informático -que contiene la imagen digitalizada y los datos de la comunicación laboral enviada por los trabajadores a su empleador- se mantendrá -según aclararon- a los efectos de “permitir el acceso a los datos históricos de registración”.

 

En 2016, el organismo desarrolló el servicio informático denominado “Telegramas Laborales” a efectos de posibilitar el envío de dicha copia, “estableciendo el procedimiento de carga de la comunicación a través de la Resolución General 4.747, con impacto inmediato en las bases de datos de esta Administración Tributaria para su posterior consulta por las áreas de investigación”, según se desprende de los fundamentos de la resolución 5560/2024.

Pero ahora, el Gobierno nacional decidió dejar sin efecto la reglamentación tras la sanción de la Ley 27.742, más conocida como “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, que derogó los artículos 8 a 17 y 120, inciso a), de la Ley 24.013 y sus modificaciones vinculados a las multas laborales.

El servicio informático -que contiene la imagen digitalizada y los datos de la comunicación laboral enviada por los trabajadores a su empleador- se mantendrá -según aclararon- a los efectos de “permitir el acceso a los datos históricos de registración”. Estas medidas entrarán en vigencia este lunes, es decir, el día de su publicación en el Boletín Oficial.

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