En la causa “T. P. V c/ P. A. E. p/ Compensación Económica”, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el recurso extraordinario interpuesto por un hombre y, en consecuencia, confirmó una compensación económica de $ 4.826.000 en favor de su excónyuge y madre de sus cuatro hijos.
La mujer inició un reclamo por compensación económica atento el desequilibrio económico manifiesto que le ha causado la ruptura del vínculo matrimonial a su persona, provocándole un empeoramiento de sus condiciones de vida y daños evidentes, por lo cual reclama la suma de $ 4.290.000.
La pareja se conoció en 1999, cuando él tenía 34 años de edad y ella tenía 17 y cursaba sus estudios secundarios. Un año más tarde comenzaron a convivir, instalándose en una casa del demandado y la actora debió interrumpir sus estudios secundarios por la distancia a la escuela. En 2002 quedó embarazada de su primera hija y obtuvo el título secundario.
Ambos sostuvieron un proyecto familiar sobre la base de roles tradicionales, por lo cual el demandado ejercía su profesión de abogado y ella se dedicaba a las tareas domésticas y cuidado de sus cuatro hijos. Recién en 2015 obtuvo un contrato laboral por tiempo determinado y en planta transitoria en el Senado de la Nación, con cargo administrativo que finalizó en noviembre de 2021. Actualmente sólo cuenta con estudios secundarios y limitadas posibilidades de acceder al mercado laboral.
“Los roles históricamente atribuidos a la mujer y la escasa prueba producida en autos, no puede tenerse por acreditado que la esposa, madre de cuatro niños, que no desempeñaba actividad laboral alguna, no se dedicara al cuidado de sus hijos y mucho menos que el demandado, profesional, que trabajaba, estudiaba y era único sustento del hogar familiar, cumpliera el rol de cuidado de manera exclusiva”, dijo el Máximo Tribunal provincial.
En el caso, el hombre interpuso recurso extraordinario provincial en contra de la sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones de Familia, que fijo una compensación de $ 4.826.000 y advirtió “la matriz de un estereotipo de pareja patriarcal y machista, en la que el marido es proveedor del hogar y la mujer se encarga de las tareas cotidianas del hogar y cuidado de los hijos, aún cuando hubiera recibido ayuda externa, se refleja en esta pareja, en la que además existía una notoria disparidad en sus edades y situaciones personales”.
“Los roles históricamente atribuidos a la mujer y la escasa prueba producida en autos, no puede tenerse por acreditado que la esposa, madre de cuatro niños, que no desempeñaba actividad laboral alguna, no se dedicara al cuidado de sus hijos y mucho menos que el demandado, profesional, que trabajaba, estudiaba y era único sustento del hogar familiar, cumpliera el rol de cuidado de manera exclusiva”, dijo el Máximo Tribunal provincial.
Y añadió: “Esas afirmaciones requerían un plus probatorio, que no se ha dado en autos. Por el contrario, resulta claro que la mujer cumplió el rol de madre, esposa y ama de casa, haciendo de esta manera un aporte significativo a la economía familiar, que luego no le fue reconocido al momento de la adjudicación de los bienes y que pudo haber impedido que ella desarrollara actividades económicamente rentables, especialmente teniendo en cuenta la diferencia de edad de las partes y el hecho de que la actora tenía apenas 17 años cuando empezó su relación con el demandado, no había concluido siquiera el secundario para cuando empezó la convivencia y tuvo cuatro hijos durante la misma”.