Diario Judicial
17 de Febrero de 2025
Edición 7155 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/02/2025

Que la madre aumente la cuota

Por el aumento del costo de vida y la necesidad de adquirir materiales para la carrera, una joven estudiante demandó a su madre para que incremente el valor de la cuota alimentaria. La mujer no presentó objeciones y acordaron un nuevo monto.

Que la madre aumente la cuota
(Michal Jarmoluk en Pixabay)

En la causa “G.J.A.C./.O.P.A. S/ ALIMENTOS (DIGITAL) S/MODIFICACION DE CUOTA ALIMENTARIA”, el Juzgado de Familia de Bariloche ordenó a una madre a aumentar el monto de la cuota alimentaria, tras la demanda de la hija donde solicitó un ajuste del valor.

La demandante detalló que cursa la carrera de Ingeniería Civil en la Universidad Nacional del Comahue, explicó que sus estudios requieren una inversión significativa y, además de los gastos habituales como alimentación, transporte y vivienda, necesita adquirir materiales específicos como tableros, escuadras, compases y hojas de dibujo técnico.

 

“A los fines de evitar una nueva desvalorización del dinero, se fijará la cuota en el equivalente al Salario Mínimo Vital y Movil, que en este caso sería el 30% ($ 81.471,37 al mes de octubre de 2024); teniendo en cuenta lo peticionado en demanda en cuanto a la necesidad de que se garantice su nivel de vida y siendo que la progenitora cuenta con trabajo temporario”, resolvió el fallo.

 

 

También mencionó que el costo de vida aumentó considerablemente desde la última actualización de la cuota, homologada en junio de 2023. 

“Al día de la fecha se ha incrementado el costo de vida y los índices de inflación acumulada han superado el 45%,es decir que la cuota que percibe ha sufrido una disminución de casi el 50%”, remarcó en la demanda.

Para resolver, la jueza ponderó que la joven es una estudiante regular, con alto promedio y la dedicación requerida por su carrera no le permite sostenerse económicamente por sí misma.

En ese marco, la magistrada consideró que la estudiante cumple con las condiciones establecidas por la normativa legal. Según el artículo 663 del Código Civil y Comercial, los padres tienen la obligación de garantizar recursos económicos a sus hijos hasta los 25 años si la continuidad de sus estudios les impide generar ingresos suficientes para su manutención.

“A los fines de evitar una nueva desvalorización del dinero, se fijará la cuota en el equivalente al Salario Mínimo Vital y Movil, que en este caso sería el 30% ($ 81.471,37 al mes de octubre de 2024); teniendo en cuenta lo peticionado en demanda en cuanto a la necesidad de que se garantice su nivel de vida y siendo que la progenitora cuenta con trabajo temporario”, resolvió el fallo.

 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA
Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2025 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486