14 de Abril de 2025
Edición 7191 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 15/04/2025
El fallo destacó la gran cantidad de causas similares

Identidad sustituída e indemnizada

Por decisión de la Cámara Civil, un banco deberá desembolsar $10.000.000 por daño punitivo. Fue en un caso de sustitución de identidad debido a fallas de control de la entidad, que derivó en la inclusión de una clienta como "deudora irrecuperable" en el listado del BCRA.

La Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, integrada por José Benito Fajre, Liliana E. Abreut de Begher y Claudio M. Kiper -por sus fundamentos-, confirmó una condena al Banco BBVA Argentina S.A. y aumentó la suma indemnizatoria a $10.000.000 en concepto de daño punitivo, contemplado en el artículo 52 bis de la Ley 24.240.

Todo comenzó cuando una clienta del banco fue incluida en un listado del Banco Central como “deudora irrecuperable” a raíz de una deuda contraída por una persona que contrató un “paquete comercial”, lo que implicó en la práctica la apertura de una caja de ahorros, cuenta corriente con giro en descubierto, más dos tarjetas de crédito, que registraban un saldo negativo de $700.000. 

La mujer hizo el trámite de desconocimiento de deuda por medio del homebanking, ya que el domicilio no correspondía a su DNI. Pese a los reclamos ante la entidad crediticia, ésta lo giró al departamento de legales para el recupero de la deuda, lo que motivó que se la incluyera en el Registro de deudores morosos del BCRA. 

En primera instancia se hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios contra la entidad bancaria accionada por la suma de $2.500.000, más intereses y costas del juicio. La mujer apeló la decisión por el quantum indemnizatorio fijado en concepto de daño moral y daño punitivo al considerarlos “escasos”.

 

El fallo destacó la gran cantidad de juicios iniciados por esta misma cuestión -invocación de sustitución de identidad debido a fallas de control de la entidad crediticia- que se pueden ver en el portal de Consulta Pública de Causas correspondientes al fuero Civil.

 

A su voto, el juez Begher señaló que a lo largo del trámite del proceso “se demostró que la entidad crediticia no desplegó una actividad que pusiera a cubierto a la damnificada de los perjuicios que le ocasionó una actividad fraudulenta”. 

“No hizo nada, no colaboró, y se desentendió de las consecuencias y perjuicios que le acarreaba a la actora, como fue ser perseguida por una deuda que no contrajo, hasta figurar en el Registro de morosos del Banco Central, a pesar de las impugnaciones y reclamos previos al inicio de esta demanda”, añadió. 

El fallo destacó la gran cantidad de juicios iniciados por esta misma cuestión -invocación de sustitución de identidad debido a fallas de control de la entidad crediticia- que se pueden ver en el portal de Consulta Pública de Causas correspondientes al fuero Civil.



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