20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Convivencia pacífica en el terreno marcario

La Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal hizo cesar la oposición de Molinos Cañuelas al registro de la marca El Americano. Los magistrados observaron que dicha marca es en realidad el nombre de un importante molino que funciona desde 1886, y que ha convivido con la marca del oponente desde 1992. FALLO COMPLETO

 
Los jueces Guillermo Antelo, Ricardo Recondo y Graciela Medina, integrantes de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, en los autos caratulados “Vda. de C. Barreiro e Hijos S.A.c/Molinos Cañuelas S.A. s/cese de oposición al registro de marcas”, entendieron que el signo impugnado es reconocido en el ámbito nacional desde 1886, y desde el ámbito internacional desde 1992, por lo que no puede privárselo a su titular de los derechos sobre dicha marca.

Molinos Cañuelas se opuso al registro de la marca “El Americano” por ser similar al signo por el registrado denominado “América” en idéntico renglón del nomenclador al tratarse ambos de harina. A fin de poder hacer cesar dicha oposición, la sociedad que solicitó la inscripción de la marca, inició acciones judiciales.

El magistrado de grado hizo lugar a la demanda, ordenando el cese de la oposición, por lo que la demandada recurrió ante la Cámara de Apelaciones sosteniendo la confundibilidad de su signo; sin desconocer la antigüedad del molino que le dio nombre a la marca de la contraria.

Los camaristas analizaron la cuestión desde los hechos, y posteriormente, desde la gramática, fonética y gráfica de los signos en disputa.

Advirtieron que “El Americano” responde al nombre de un molino construido en 1886 a cuyo producto se le ha adosado desde entonces la marca del mismo nombre. Su renombre fue reconocido especialmente en la zona en la cual se encuentra asentado, Rosario del Tala, Entre Ríos.

Observaron recortes de diarios de 1970, en el cual el periodista se refería al molino –que sufrió un incendio en 1966- como una de las industrias tradicionales de dicha región, cuya reapertura significó mucho para la localidad.

Cotejaron la documentación contable, informándose que desde 1992 ha exportado las harinas “El Americano”, siendo reconocida así en el ámbito internacional.

Habiendo convivido con la marca de la recurrente desde por lo menos 1992, no encontraron en este punto razones para que sea viable la oposición al registro de dicha marca.

También desvirtuaron el parecido de las marcas de manera abstracta, ya que están compuestas por diversa cantidad de palabras y de letras, con significados diferentes. Fonéticamente tampoco serían confundibles, y los logos utilizados para resaltar la marca no son parecidos.

Por ello, los magistrados confirmaron la sentencia de primera instancia, ordenando el cese de la oposición a la marca.



dju / dju
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