27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Un tirón de orejas para los otros dos poderes

La Suprema Corte bonaerense exhortó a la Legislatura provincial que adecue la legislación de ejecución penal y penitenciaria a los estándares constitucionales e internacionales indicados por el Máximo Tribunal nacional en la causa “Verbitsky”. Y le requirió el PE que informe sobre los avances alcanzados a través de la Mesa de Diálogo. FALLO COMPLETO

 
La Suprema Corte bonaerense exhortó a la Legislatura provincial que adecue la legislación de ejecución penal y penitenciaria a los estándares constitucionales e internacionales indicados por el Máximo Tribunal nacional en la causa “Verbitsky”, de mayo de 2005, donde la Corte se pronunció sobre la situación del conjunto de detenidos en comisarías y establecimientos penitenciarios de la Provincia de Buenos Aires. Además, le requirió el Poder Ejecutivo provincial que informe sobre los avances obtenidos a través de la Mesa de Diálogo.

“A la luz del tiempo transcurrido (...) no se advierte que se hubiera producido adecuación alguna de la legislación de ejecución penal y penitenciaria que sintonice el marco positivo con los preceptos normativos supralegales atingentes a la materia –tal la recomendación de la Corte Federal”, dice el fallo.

Además, le pide al Poder Ejecutivo provincial que informe sobre los avances y resultados logrados como consecuencia de la labor de la Mesa de Diálogo cuya organización le encomendara organizar también la Corte Nacional. Esa idea, prevista en el considerando 8 del fallo “Verbitsky, Horacio. Representante del Centro de Estudios Legales y Sociales. s/ Habeas hábeas”, tenía como objetivo poder alcanzar una adecuada comprensión del estado de situación existente.

No es la primera vez que la Corte bonaerense se pronuncia sobre este tema.. En mayo de 2005, pocos días después del fallo de la Corte nacional, el tribunal provincial le ordenó a los jueces y tribunales con competencia penal y de menores que hagan cesar en un plazo no mayor de sesenta días la detención de menores y enfermos en comisarías y otras dependencias policiales y que en lo sucesivo no admitieran ni dispusieran la detención de personas con esas condiciones en dichas dependencias.

Luego, en noviembre de 2005, se dirigió al gobernador Felipe Solá y a la Legislatura provincial recordándoles la exhortación contenida en la sentencia de la Corte Nacional en el sentido de adecuar la legislación procesal penal en materia de prisión preventiva y excarcelación y la legislación de ejecución penal y penitenciaria a los estándares constitucionales e internacionales.

Como consecuencia de ello, durante el transcurso del año pasado, fue reformada la normativa procesal penal provincial en diversos aspectos vinculados al instituto de la excarcelación y la aplicación de la prisión preventiva. No obstante, según aclaró el tribunal a través de un comunicado, “están pendientes los cambios requeridos en materia de ejecución penal y penitenciaria”.

dju / dju
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