Los tribunales nacionales sostienen que el Código Civil es claro en cuanto dice que el casamiento es entre un hombre y una mujer. Así lo establecen los artículos 172 y 188, según señalan las sentencias de la Justicia Civil que negaron los casamientos entre personas del mismo sexo.
El primero de los artículos dice que “es indispensable para la existencia del matrimonio el pleno y libre consentimiento expresado personalmente por hombre y mujer ante la autoridad competente para celebrarlo”. Y el 188 que los integrantes de la pareja “quieren respectivamente tomarse por marido y mujer”.
“No autorizar el matrimonio entre personas del mismo sexo tiene su fundamento en la ley positiva y en la naturaleza misma de la institución; dado que no solo la literalidad de la norma sino también el espíritu de aquella sostienen este principio”, dijo en junio pasado la jueza civil de primera instancia María Bacigalupo al rechazar un amparo presentado por María Rachid y Claudia Castro para que se les permitiera casarse entre ellas.
En su resolución, la magistrada explicó que “afirmar que la unión de dos personas homosexuales debe ser considerada matrimonio, es desvirtuar completamente el concepto de dicha institución”.
Otro amparo que fue desestimado en agosto lo presentaron Alejandro Vannelli y Ernesto Larrese. En ese caso la jueza Ana Beneventano lo rechazó in limine sin hacer referencia al pedido de la pareja. La magistrado sostuvo que no “es cierta la urgencia invocada y/o la lesión inminente y grave que limita un derecho actual”.
Ambas parejas se presentaron en la Justicia luego que en el Registro Civil les negaran turno para casarse en base a los artículos 172 y 188 del Código Civil. Ante los tribunales solicitaron que se declare la inconstitucionalidad del acta del Registro Civil y de los artículos del Código.
La Cámara Civil ratificó ambas resoluciones. La Sala F, donde se tramita la causa de Rachid y Castro, debe resolver un recurso extraordinario para llevar el caso a la Corte Suprema. Lo mismo ocurrirá en el caso de Vannelli y Larrese que presentarán el mismo recurso cuando finalice la feria judicial.
El abogado de las parejas, Gustavo López, también letrado de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales, ratificó que de esta forma se completa su estrategia que era llegar hasta el Máximo Tribunal del país.
Mientras la vía judicial continúa, el Congreso de la Nación tiene un proyecto para aprobar los casamientos gays. Se trata de una iniciativa de la diputada del Frente para la Victoria Vilma Ibarra (la presentó en octubre cuando era senadora) para que el artículo 172 del Código Civil diga: “El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”.
En la Argentina, sólo en la ciudad de Buenos Aires (Ley 1.004) y en la provincia de Río Negro (Ley 3.736) se permiten las uniones civiles entre personas del mismo sexo. Se trata de un atajo legal para que las parejas gays tengan algunos derechos que tienen los casados y no estén desprotegidos legalmente. Por ejemplo, pueden compartir la obra social, obtener licencias por enfermedad, créditos o subsidios.
La primera pareja que se unió civilmente fue de la de César Cigliutti y Marcelo Suntheim, dos activos militantes de la Comunidad Homosexual Argentina, el 18 de julio de 2003. La pareja se casó este lunes en Madrid y anunciaron que presentaran en la Justicia argentina un pedido para que su enlace sea reconocido legalmente en nuestro país.