01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024
Proyecto de ley sobre deudores alimentarios

Ni conductores ni candidatos

Una legisladora provincial de Córdoba presentó un proyecto sobre deudores alimentarios. La iniciativa prevé que se publique en el boletín oficial la lisa de deudores morosos de cuotas alimentarias, que no se otorgue o renueve el carnet de conducir a quien esté inscripto en él e incluso que el Tribunal Electoral no los autorice para que se presenten a elecciones. “Nuestro futuro, está en manos de esos niños, que mañana serán hombres”, argumenta la propuesta. TEXTO COMPLETO

 
La legisladora cordobesa Mabel del Carmen Genta presentó un proyecto para modificar la ley local Nº 8892, de “Creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos”.

La norma establece que consten en el registro “todos los obligados que adeuden tres o más cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, ya sea que correspondan a alimentos provisorios o definitivos, fijados u homologados por sentencia firme”. La propuesta de la legisladora es publicar mensualmente en el Boletín Oficial, el listado de deudores morosos y aquellos que incumplieron con una orden judicial respecto alimentos.

“En toda escritura pública de cesión o adquisición de derechos reales, el escribano interviniente deberá previamente solicitar informe al Registro de Deudores Alimentarios Morosos y dejar expresamente consignado el resultado del informe en la escritura, además de informar tal circunstancia al Registro relacionado”, estipula la iniciativa.

Lo novedoso de la propuesta es que la Municipalidad y/o Comuna no conceda carnet de conducir (ni su renovación) a todos aquellos deudores alimentarios.

También contempla la facultad del Tribunal con competencia electoral de no oficializar “ningún candidato para cualquier categoría electoral, sea provincial, municipal o comunal que se encuentre inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos”.

“Sabemos muy bien, que un niño careciente de lo necesario para crecer desde el punto de vista económico y afectivo se torna en un niño resentido y como consecuencia de ello en un potencial delincuente”, justificó Genta, aunque admitió que la sanción de dicho proyecto “no cambiará esa situación, pero es un humilde aporte para avanzar en la instalación de mecanismos legales para que los padres asuman su responsabilidad como tal y contribuyan con los alimentos de sus hijos”.

“Conducen autos, compran casas a nombre de terceros, porque pueden abrir una cuenta bancaria en cualquier lugar del país; si se trata de profesionales, continúan trabajando en forma independiente; tienen tarjetas de créditos; televisión por cable; PC con Internet y no les importa que sus hijos no coman”, aseguró la legisladora autora de la iniciativa.

Por último, advirtió que “la paternidad debe ser responsable, advirtiendo que si se la deja librado a la voluntad de los progenitores, en muchos casos, la irresponsabilidad de los mismos, trae aparejado, niños maltratados, niños mendigando, iniciados en la droga o en la delincuencia”.

“El objetivo de la reforma de la Ley de Registro de Deudores Alimentarios Morosos es que tenga más trascendencia en la sociedad, resultando en consecuencia, que quien adeude una cuota alimentaria, procure de corregir tal situación prontamente porque los efectos de figurar en dicho registro le acarrearán serias dificultades en su cotidiano desenvolvimiento, a la hora de vender, de transferir, de obtener un carnet de conductor etc”, concluyó la diputada en su proyecto.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486