20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
El fallo internacional que aguarda la Argentina

Condenas a menores en Tribunales mayores

La Corte Interamericana de Derechos Humanos iniciará el 2013 con el 98º período de sesiones a realizarse en Costa Rica. Allí se analizarán varios casos, entre ellos la sentencia contra la Argentina por la imposición de condenas contra seis personas por hechos ocurridos cuando aun eran niños.

 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) iniciará el 2013 con el 98 período de sesiones a realizarse en Costa Rica entre el próximo 4 y 15 de febrero. Allí se realizarán seis audiencias públicas sobre casos contenciosos y tres audiencias privadas sobre supervisión de cumplimiento de sentencias.

Al mismo tiempo, el tribunal internacional estudiará la posibilidad de emitir una sentencia en un caso contra la Argentina; el caso “César Alberto Mendoza y otros (prisión y reclusión perpetuas)” donde los peticionarios fueron condenados a prisión perpetua y a reclusión perpetua por hechos cometidos cuando todavía no habían alcanzado los 18 años.

Allí, César Alberto Mendoza, Lucas Matías Mendoza, Ricardo David Videla Fernández y Saúl Cristian Roldán Cajal fueron condenados a prisión perpetua y Claudio David Núñez a reclusión perpetua por parte de la Justicia Argentina cuando tenían entre 16 y 17 años.

Según las víctimas, fueron condenados “habiéndose aplicado con criterio restrictivo el régimen penal juvenil, de la misma manera que si se hubiera tratado de mayores de edad y pasando por alto la importancia de evaluar la necesidad de imponer siquiera la pena de prisión y, en su caso, hacerlo dentro del paradigma de la mínima intervención, que guía el marco convencional juvenil”.

Tal y como explicaron desde la Corte IDH “estas penas fueron supuestamente impuestas en aplicación de un sistema de justicia de adolescentes que permitiría que éstos sean tratados al igual que los adultos infractores”. Ahora el tribunal analizará el dictado de una sentencia.

Hay que aclarar que la composición de la Corte IDH para este período de sesiones es el siguiente: Diego García-Sayán (Perú); Manuel Ventura Robles (Costa Rica); Alberto Pérez Pérez (Uruguay); Eduardo Vio Grossi (Chile); Roberto de Figueiredo Caldas (Brasil), Humberto Sierra Porto (Colombia); y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México).

No obstante, en el estudio y deliberación del proyecto de sentencia en el caso “Mendoza y otros Vs. Argentina”, participarán Margarette May Macaulay (Jamaica) y Rhadys Abreu Blondet (República Dominicana) y no participarán los tres nuevos integrantes del Tribunal. Esto de acuerdo a lo establecido en el artículo 54.3 de la Convención Americana.

En cuanto a las audiencias que se realizarán en referencia a casos contenciosos, allí se incluye también un caso contra nuestro país. El caso “Mémoli Vs. Argentina”, cuya audiencia se realizará el 8 de febrero próximo, y donde el tribunal internacional escuchará los alegatos finales orales de las partes, así como las observaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Este caso se relaciona con la alegada violación del derecho a la libertad de expresión de Carlos y Pablo Carlos Mémoli, por la supuesta condena penal impuesta a las víctimas con base en el delito de injuria.

“El caso se relaciona con la supuesta violación a la garantía de plazo razonable en el marco de un proceso civil en su contra por los mismos hechos, lo cual alegadamente ha tenido un efecto sancionatorio e inhibitorio de su libertad de expresión”, explicaron desde la CorteIDH.

Entrando en los detalles del caso, las presuntas víctimas alegaban que fueron condenados penalmente por haber denunciado a la dirección de una asociación mutual de la ciudad de San Andrés de Giles por la venta supuestamente irregular de nichos del cementerio local por parte de la Comisión Directiva de dicha organización.

En la querella penal interpuesta contra los denunciantes se argumentaba la comisión del delito de injurias y calumnias por parte de los Mémoli al publicar artículos periodísticos en el diario “La Libertad”, del cual el hijo era director responsable. Además la queja también hacía referencia a lo mencionado en las declaraciones hechas por los querellados en el programa “Radio Vall”. En ambas ocasiones, se hablaba sobre la ilícita comercialización practicada por la dirigencia de la mutual.

 



dju

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