27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Perú: Deberán indemnizar a una persona que condenaron erróneamente

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) intimó al gobierno peruano a indemnizar a una profesora que fue condenada en forma errónea.

 
El gobierno peruano fue intimado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a reparar económicamente por el perjuicio causado a una profesora condenada erróneamente por actividades terroristas. El tribunal continental ratificó lo dispuesto el 27 de noviembre del año pasado e intimó al gobierno de Alberto Fujimori a "dar pronto cumplimiento a la sentencia de reparaciones" en el caso de la profesora Loayza Tamayo. Así se pudo saber a través de una resolución del organismo dada a conocer en San José de Costa Rica, donde tiene su sede, en la que se recordó que Perú ratificó su adhesión a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.La CIDH, presidida por el magistrado brasileño Antonio Cancado Trindade, desestimó así el alegato de un tribunal peruano, que declaró "inejecutable" la sentencia de la Corte dictada el año pasado y en la que se ordenaba el pago de 350.000 dólares a Loayza.

En su descargo, Perú argumentó que "los peticionarios no cumplieron con el requisito de agotar la jurisdicción interna para recurrir a la jurisdicción interamericana".

En respuesta a esos reclamos, La CIDH. recordó que ese argumento había sido desestimado durante el proceso, con sendas resoluciones emitidas el 31 de enero de 1996, y el 17 de septiembre de 1997 por ser "notoriamente improcedente".

La Corte americana, que funciona en la esfera de la OEA, recordó que de acuerdo con el artículo 67 de la Convención Americana, los fallos del tribunal son "definitivos e inapelables" y hay 90 días de plazo para que las partes soliciten una interpretación, y estas están obligadas, según el artículo 68.1, a cumplir las sentencias.Asimismo, recordó que de acuerdo con la legislación y la jurisprudencia internacional, los Estados no pueden aducir razones de orden interno para dejar de asumir la responsabilidad internacional ya establecida.

El alto tribunal también ordenó, en otra resolución, que el gobierno peruano de cumplimiento a otra sentencia por la cual se dispuso la anulación del juicio militar seguido a cuatro chilenos, condenados a cadena perpetua por terrorismo.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486