Se trata de Ricardo Edelstein, que bajo el patrocinio de los abogados Andrea Fadelli y Matías Nicolini, presentó a mediados del mes último un recurso de amparo ante la Cámara Laboral de Cipolletti, integrado por tres jueces, para lograr que el Banco Río le devolviera los 15.000 pesos que había depositado en una cuenta el pasado 7 de diciembre.
El particular se avaló en que el decreto del gobierno que dispuso el "corralito" no alcanzó a los fondos depositados con posterioridad, como en su caso. Cuando Edelstein quiso retirar sus dólares, se encontró con la negativa del gerente del banco, que explicó que por cuestiones operativas y de reglamentación era imposible reintegrarle el dinero.
La Cámara Laboral de Cipolletti destacó en un fallo emitido el 14 de diciembre que "si bien resulta cierto (...) que la competencia en lo que concierne al amparo está atribuida en el texto constitucional a todos los jueces letrados, sin distinción de fueros ni instancias, ello es así siempre y cuando tal competencia se encuentre habilitada por razón de la materia, lo que no ocurre en el presente caso". A partir de esto, el tribunal decidió declararse incompetente.
Los abogados del ahorrista decidieron presentar un reclamo ante la juez federal de Roca, María del Carmen García. La magistrada señaló en su fallo del 21 de diciembre que "desde que las personas que participan del litigio caen bajo la jurisdicción local, sin que la materia aplicable sea federal -por cuanto se trata de un conflicto entre particulares en cuanto a la ejecución de un contrato que los une- opino que es la justicia ordinaria la competente para conocer en la acción de amparo incoada, por lo que corresponde declarar la incompetencia de este tribunal".
La juez federal se declaró incompetente y lo remitió al juzgado Civil y Comercial de Cipolletti. En ese tribunal, el juez Alejandro Cabral y Vedia encontró un argumento diferente del de la magistrada federal y en su fallo del 2 de enero, consideró que el decreto del ex presidente Fernando De la Rúa (1.606/01) y la comunicación 3.381 A del Banco Central de la República Argentina son las normas que liberan de las restricciones de las extracciones a los fondos depositados, en efectivo, luego del 3 de diciembre de 2001.
Por ser este el caso de Edelstein, el magistrado sostuvo que, como se trata de normas nacionales, debe ser la justicia federal la que resuelva el amparo por lo que se declaró también incompetente.