Ezequiel Altinier y Enrique Munilla reclamaron a la juez Servini de Cubría que anule las declaraciones indagatorias tomadas hasta ahora a los ahorristas del BGN sospechados de transferir fondos al exterior burlando el corralito y deje sin efecto las que todavía no se llevaron a cabo.
Por el momento, la juez decidió suspender el cronograma de indagatorias y dar vista del pedido de los defensores a la fiscalía y los querellantes; en tanto los defensores reclamaron además que la causa pase al fuero Penal Económico.
Los abogados indicaron que los ahorristas son indagados por el presunto delito de “fuga de divisas”, al violar el artículo 7º del decreto 1570/01, que prohíbe “la exportación de billetes y monedas extranjeras y metales preciosos amonedados”, por montos superiores a mil dólares y aseguraron que tras el fallo de la Corte en su calidad de “intérprete último de la Carta Magna” la juez debe declarar también la inconstitucionalidad de la norma en su expediente.
Pero los abogados no perdieron la oportunidad para calificar las indagatorias como una “caza de brujas”, y advertir a la juez que está actuando “en violación a la ley” porque –aseguran- “no existe requerimiento fiscal” que habilite las actuaciones contra los ahorristas.
Además, Munilla y Altinier aseguran que los delitos “debieran ser investigados ante la Justicia en lo Penal Económico”.
En ese sentido, y pese a eludir entrar a debatir “si el dinero es o no mercadería idónea para considerar la posibilidad de su contrabando”, sostuvieron que “se trata de un delito comprendido en el Código Aduanero, cuya competencia” es ajena a Servini de Cubría.
En otro escrito, los letrados del BGN reclamaron que los legisladores nacionales del ARI encabezados por Elisa Carrió no sean tenidos en cuenta como querellantes en la causa porque de los supuestos delitos investigados “no se deriva perjuicio directo ni real” contra ellos.
Munilla y Altinier aseguran que con la presentación como querellantes los diputados se arrogan un rol propio del Ministerio Público, y aseguran que tal función constituye un avance del poder legislativo sobre el judicial.