Los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzum y Eduardo Luraschi, sin embargo, ratificaron en su pronunciamiento sus cuestionamientos a la actitud de Bonadío por no haberse apartado de la investigación cuando había sido uno de los jueces que participó de la reunión con Soria, llevada a cabo en el domicilio particular de la camarista Luisa Riva Aramayo, el 17 de enero de 2002.
El fiscal federal Oscar Amirante, se presentó en queja ante la Cámara rechazando los motivos esgrimidos por Bonadío para apartarse de la causa cuando invocó una presunta "violencia moral" y la enemistad de los miembros de esa sala de la Cámara. Amirante entendió que debían haber sido otras las razones ya que él le había pedido el apartamiento precisamente por ser uno de los jueces que intervino de la reunión con Soria, a quien en un futuro le iba a pedir declarar bajo juramento.
Ahora la cuestión deberá ser resuelta por uno de los miembros de la otra Sala, Horacio Vigliani, probablemente junto con dos miembros de la Cámara del Crimen, ya que los otros dos integrantes del tribunal, Riva Aramayo y Gabriel Cavallo, participaron de la cuestionada reunión.
En su pronunciamiento, la Sala II entendió que estaban impedidos de intervenir ya que ellos se habían pronunciado en la causa cuando el propio Bonadío le requirió, en una investigación preliminar, a todos los magistrados federales que informen acerca de todo lo que pudieran saber de la reunión con Soria.
En aquella ocasión, los camaristas anticiparon que iban a remitir los antecedentes al Consejo de la Magistratura y a la Procuración General, en el primero de los casos porque Bonadío no se había excusado de intervenir siendo uno de los participó del encuentro y en torno al fiscal por no haberle pedido en su momento que se apartara.
En su pronunciamiento, la Cámara había sostenido que "el hecho denunciado importaba una posible violación de normas penales" y "se lo calificó como un verdadero agravio a la independencia que debería regir la conducta de los jueces en relación con otros poderes del Estado y a la debida imparcialidad frente al caso concreto".
Asimismo, habían considerado "inexplicable la omisión del Fiscal de efectuar el correspondiente requerimiento de instrucción, cuando dicha postura se apoyó en una supuesta necesidad de esclarecer pormenores de la reunión referidos a lo que allí se había tratado".
Un párrafo aparte destinaron a la presunta enemistad del tribunal hacia Bonadío y en ese sentido sostuvieron que el magistrado "sabrá los motivos" de esa afirmación ya que "tal como parece haber sido su forma de actuar en este legajo" lo "omitió explicitar".