22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Los tiempos de la Corte

Cuando el fallo que dispondrá la inconstitucionalidad de los depósitos parecía tener fecha cierta, ahora se empezó a decir que el 10 de diciembre no habrá sentencia y que la cuestión recién se resolvería en febrero.

 
La semana judicial se vio agitada por la noticia de que la Corte Suprema de Justicia había conseguido el numero de ministros necesario para disponer la dolarización de los depósitos.

En realidad, la Corte, como es obvio, se expediría en un caso concreto, el de la ahorrista María Ester Beratz, que depositó a plazo fijo en el Banco de Boston, sucursal Bahía Blanca, unos 13.000 dólares

Incluso se mencionó la fecha en que saldría el fallo: 10 de diciembre. Con lujo de detalles, varios medios periodísticos afirmaron que, finalmente, el ministro Carlos Fayt había cambiado su posición inicial, favorable a la pesificación.

Es más, comenzó a circular un borrador o proyecto del voto de Fayt, producto de una “filtración”, un eufemismo con el que se quiere dar a entender que “alguien”, desde la Corte le entregó el texto a determinados periodistas.

Casualmente, esto se sabe días antes que se levante el corralito para las cajas de ahorro y cuentas corrientes, el próximo 2 de diciembre. Ayer y hoy el dólar volvió a subir, luego de varios días de calma .

Si el “borrador de sentencia”, que ya hasta fue publicado en Internet, es falso, es grave. Si es verdadero, también es grave, más grave, y requiere una investigación dentro de la Corte. Es, por dar un ejemplo, como si apareciera el borrador de una sentencia elaborado por uno de los jueces del Tribunal Oral que está juzgando el caso AMIA. Se supone que esos escritos, de existir, deben estar guardados bajo siete llaves, porque no constituyen el criterio definitivo del magistrado, quien puede variar su opinión. Un borrador o proyecto de sentencia es una mera herramienta de trabajo, parece obvio decirlo.

Precisamente, hoy Fayt pide una auditoria interna en la Corte para establecer cómo se filtró a la prensa el contenido de su proyecto, tal como se informa por separado. El ministro hasta reconoce que la difusión del texto lo “obliga a modificarlo” para evitar ser tildado de “prejuzgamiento”, aún cuando mantenga su postura contraria a la pesificación de los depósitos.

Por su parte, desde el Ejecutivo y el Banco Central se formularon declaraciones cuasi apocalípticas respecto de lo que ocurriría si los bancos tienen que devolver los depósitos en dólares. Se habló de hiperinflación, se habló de dólar a 10 pesos. Todo esto en un país donde la paz social pende de un hilo. Todo esto en un país necesitado de prudencia por parte de políticos, jueces y medios periodísticos.

Sin embargo, ahora las versiones son distintas y se habla de que la Corte “se va a tomar su tiempo” y el 10 de diciembre recién comenzará a debatir el tema, como si el Máximo Tribunal no estuviera “debatiendo” el tema desde hace tiempo. Se dice desde el cuarto piso del Palacio de Justicia que el fallo saldría en febrero, para darle tiempo al Ejecutivo para acordar con el Fondo Monetario Internacional.

Tiempo, esa es la palabra recurrente. La Corte “maneja” los tiempos porque no tiene plazos para resolver. Es la cabeza de uno de los tres poderes del Estado y no le pueden fijar plazos, porque eso afectaría la independencia de dicho poder, expresa una importante corriente de la doctrina constitucionalista.

Por otra parte, se argumenta que la fijación de plazos no serviría de nada, porque la Corte no tiene un tribunal superior que pueda controlar y eventualmente sancionar su incumplimiento.

Aún aceptando esta postura, ¿no sería un buen mensaje de parte del Máximo Tribunal el que este decida autoregularse?. Es decir, por ejemplo, que dicte una acordada fijándose plazos y un orden con carácter general para la tramitación de las causas que le son sometidas. Un país ansioso por un poco de previsibilidad lo agradecería.

Sin dudas, el incumplimiento de esta autoregulación sería causal de mal desempeño de sus funciones por parte de los ministros que hayan incurrido en esa falta, por lo que no puede decirse que no exista ninguna forma de control.

La encuesta de Diariojudicial.com de la semana del 6 al 13 de noviembre pasado fue la siguiente: ¿Considera que la Corte Suprema de Justicia de la Nación tendría que tener plazos procesales para resolver las causas en las que interviene?. El 82% se pronunció por la afirmativa.

¿No es hora de debatir el tema?



dr. jorge oscar rossi / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


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