17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024

Alicia en el país de las maravillas

La Defensora del Pueblo porteño, Alicia Oliveira, consideró como "un subterfugio del Estado a la bancarización que alega el Ejecutivo” al presentar ante el fuero contencioso administrativo federal una acción de inconstitucionalidad contra las medidas económicas. TEXTO COMPLETO

 
Tal como lo adelantara Diariojudicial.com, la Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Alicia Oliveira, presentó hoy en la Justicia una acción declarativa de inconstitucionalidad y una medida cautelar con el objetivo de que se dejen sin efecto la totalidad de las medidas económicas dispuestas por el Gobierno y que restringieron las transacciones de dinero por fuera del sistema bancario.

En el escrito sobre el que tendrá que resolver el juez en lo contencioso administrativo federal Sergio Fernández, Oliveira sostiene que la bancarización que alega el Poder Ejecutivo “no es otra cosa que un subterfugio mediante el cual el Estado Nacional en combinación con los bancos y entidades financiera se rehúsan a entregarle el dinero a los ahorristas y depositantes”.

“Se configura de este modo una verdadera confiscación de bienes por cuanto el dinero en efectivo queda, merced a la activa intervención del Estado, monopolizado en poder de los bancos y de los circuitos financieros organizados por éstos impidiendo a los ahorristas y depositantes disponer de él a su voluntad, tal como lo establecen los artículos. 14 y 17 de la Constitución Nacional”.

Tal como lo había anticipado este medio el viernes, esta demanda de inconstitucionalidad tiene un alcance mayor a las que interpusieron la diputada Alicia Castro y el dirigente gremial de los trabajadores judiciales Julio Piumato, ya que abarca en forma colectiva a todos los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La defensora atacó específicamente la constitucionalidad del artículo 2º del decreto 1570/01, que prohibió el retiro de dinero de los bancos por más de 250 pesos, y su modificatorio, el 1606/01, que amplió para las cajas de ahorro salariales el montó a mil pesos. Entres los fundamentos, en la Defensoría del Pueblo esgrimieron las violaciones de los derechos de propiedad, la libertad de permanecer, transitar y salir del territorio argentino, los derechos de los usuarios y la intangibilidad de los dispuestas, ratificada por la ley 25.466.

Oliveira sostuvo que las crisis no son excusa para dejar de lado el estado de derecho. Así lo explicó en su presentación: “... es de la esencia de la Institución contener -aún en esta crisis- los desbordes de poder que impulsados con el fin de conservación del Estado, llevan a sancionar normas sin la suficiente reflexión jurídico-social que pueden poner en peligro el sistema Republicano-Institucional afectando garantías constitucionales insoslayables”.

La demanda resultó altamente crítica. Según Oliveira, “es de advertir... la falta de fundamentos de la medida impugnada, la carencia de la conceptualización de la supuesta emergencia, la discriminación que se produce al afectar a los asalariados, jubilados y pensionados, a ahorristas que dependían de sus depósitos o plazos fijos para las contingencias sociales que el sistema no les cubre, comerciantes, industriales, pequeños empresarios, etc; todo lo cual constituye un agravio a derechos insoslayables, derechos humanos esenciales y garantías constitucionales y leales explícitas”.

Por otra parte, y citando el precedente de la Corte Suprema conocido como “Horta”, explicó que “ni el legislador ni el juez pueden, en virtud de una ley nueva o de su interpretación arrebatar o alterar un derecho patrimonial adquirido al amparo de la legislación anterior”.

Además, el hecho de que hace sólo dos meses se haya sancionado la ley 25.466 que garantizó formalmente la intangibilidad de los depósitos bancarios hace que no pueda “alegarse emergencia alguna que suprima las garantías allí ratificadas, salvo que exista un gobierno perverso cuyas autoridades con el ardid legal de confianza haya engañado a la gente”.

“Las medidas económicas –dijo la Defensora del Pueblo- son claramente violatorias de los derechos de la gente; por esa razón ponemos en manos del Poder Judicial la presente acción de inconstitucionalidad receptando la inquietud de miles de argentinos que se ven seriamente afectados en sus derechos y en su dignidad”.

Descargue el texto completo de la presentación judicial

Todos los documentos están compactados en formato zip.
Si no tiene instalado ningún descompresor en su máquina, puede obtenerlo haciendo click en el link correspondiente.
- Descompresor para Windows 3.X, 95, 98, NT, 2000.
- Descompresor para Linux / Unix.

Si encuentra alguna dificultad o necesita ayuda escríbanos a info@diariojudicial.com.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486