31 de Octubre de 2024
Edición 7082 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/11/2024

Para consumir mejor, hay que informarse

Una nueva modificación a favor de los consumidores será tratada en el recinto de Diputados de la Ciudad. La Comisión de Defensa de los Consumidores y Usuarios porteña aprobó el proyecto de ley que prevé la obligación de las empresas a entregar una copia del contrato de adhesión a los usuarios, previo a la contratación del servicio. TEXTO COMPLETO

 
La Comisión de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Legislatura de la Ciudad aprobó un proyecto de ley que prevé la obligación de las empresas a entregar a los usuarios una copia del contrato de adhesión antes de realizar la operación. El objetivo es “facilitar al consumidor el acceso a la información ante cualquier duda que se le presente en el momento de hacer uso de los servicios”.

La iniciativa del diputado Alejandro Rabinovich será trasladada al recinto para su aprobación, para lo cual necesita una mayoría simple. No será sometida a debate ni habrá lugar para modificaciones.

Este proyecto tiene como fin cumplir con lo que garantiza el artículo 4 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor que obliga a “quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, suministrar a los consumidores, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos”.

El diputado encuentra varios obstáculos para el cumplimiento de esa norma porque asegura que “las cláusulas contractuales son entregadas únicamente en el momento de realizar” la negociación. La dificultad de los usuarios para acceder al contrato es observada por el legislador como “una estrategia de venta por parte de las empresas a fin de concretar la operación de la forma más rápida posible”.

El texto se adelanta a la reacción de las compañías ya que destaca que la aprobación de este proyecto no “producirá ningún tipo de inconveniente a las empresas” porque la iniciativa no crearía cambios en las cláusulas contractuales” por tratarse de contratos de adhesión que no pueden ser modificadas por el consumidor que solicita el servicio.

El proyecto además prevé que en cada comercio hayan en un lugar visible carteles que indiquen que “se encuentra a disposición del usuario el ejemplar del modelo de contrato” que la empresa tomaría en cuenta a la hora de la operación. Además la entrega del contrato deberá ser gratuita.

Cabe recordarse que el 12 de marzo de 2008 la Legislatura porteña aprobó modificaciones a la ley de Defensa del Consumidor, entre ellas la posibilidad de que las empresas indemnicen a los usuarios por la venta de productos defectuosos, la prohibición de sobreventa de pasajes aéreos, el aumento de las multas hasta cinco millones de pesos en algunos incumplimientos y el derecho de los usuarios una indemnización por vía administrativa de hasta 3 mil pesos.



dju / dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486