La defensa apeló la medida por considerar que la misma era un menoscabo de la dignidad e integridad física del imputado, además de resultar autoincriminante.
La defensa invocó el artículo 18 de la Constitución Nacional que reza “nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo, ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos”.
Sin embargo para los camaristas Víctor Horacio Violini y Ricardo Borinsky ese argumento “no es atendible”.
Los jueces recordaron jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en “Vázquez Ferra”, “por la que se expresa que la extracción de muestra sanguínea compulsiva no vulnera la prohibición de autoincriminación contenida en el artículo 18 de la Constitución Nacional.
La medida ordenada –según doctrina de la Corte- “se refiere a las comunicaciones o expresiones que provienen de la propia voluntad del imputado, lo cual no incluye casos en que cabe prescindir de esa voluntad, entre las cuales se encuentran los supuestos en que la evidencia es de índole material”.
El tema sigue en estudio de la Corte Suprema para determinar la identidad de una persona. Tiene pendiente el caso de Guillermo Gabriel Prieto, a quien en noviembre de 2006 la Cámara Federal avaló la realización de estudios de ADN para determinar la identidad de bebés robados en la última dictadura militar.
En ese fallo, los camaristas Gabriel Cavallo y Eduardo Freiler resolvieron luego que el joven, presunto hijo de desaparecidos, se negara a realizarse una extracción de sangre para determinar su identidad. En esa misma causa, la jueza federal María Servini de Cubría ordenó allanar su casa en busca de elementos, como pelos, que permitieran realizar el estudio en el Banco Nacional de Datos Genéticos.