04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Primer round en la batalla judicial por la Ley de Medios

Un diputado macrista presentó ante el fuero Contencioso Administrativo Federal un amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional. El recurso fue presentado en el juzgado Nº 8, a cargo de Clara Do Pico, para que postergue la conformación de la autoridad de aplicación hasta el 10 de diciembre próximo. TEXTO COMPLETO

 
Tras la aprobación de la Ley de Servicios Audiovisuales de Comunicación se esperaba que desde los sectores opositores comenzaran las acciones judiciales en su contra. No obstante, y más allá de los anticipos de “avalanchas” de demandas recién este martes se interpuso la primera acción de amparo. El recurso fue presentado en el juzgado Contencioso Administrativo federal Nº 8 a cargo de Clara Dopico.

Allí, el diputado macrista Federico Pinedo junto con Julián Obiglio, no atacan la inconstitucionalidad de la ley en sí, tal y como se vaticinaba a diestra y siniestra por los medios de comunicación, sino que se acciona contra la conformación de la autoridad de aplicación. En este sentido se propugna la inconstitucionalidad del decreto reglamentario 1525/2009 pues viola lo que dispone la ley 26.522, es decir, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

“El Decreto reglamentario al modificar sustancialmente lo previsto en la Ley, es anticonstitucional”, consiga el amparo y agrega que se trata de una “burda maniobra” del Ejecutivo Nacional cuyo fin último es que la comisión bicameral se conforme antes del 10 de diciembre.

Al conformase la comisión antes del recambio legislativo, “la composición del Congreso que estaría designándolos (a los directores de la Autoridad Federal) es la del período 2007-9, y no la del período 2009-11” por lo que “la composición política parlamentaria que finaliza, estaría designando autoridades para los próximos cuatro años, que tendrán una composición parlamentaria distinta y pretendería arrogarse facultades que corresponden a las mayorías y minorías del momento previsto por la ley como momento de la designación de los integrantes de la autoridad de aplicación de la misma ley”.

Pues para los diputados se estaría violando lo dispuesto por el artículo 99, inciso 2º de la Constitución Nacional, en donde , “le está vedado al Poder Ejecutivo Nacional el dictado de normas que alteren los derechos y garantías reconocidos por una Ley, constituyendo la legalidad y la razonabilidad, límites infranqueables en el Estado de Derecho”.

De la misma manera critican que el mencionado decreto también viola el principio de división de poderes, en tanto modifica la normativa dictada por el Poder Legislativo.

Además, se indica que el motivo del pedido radica en que “de no dictarse la presente medida el Poder Ejecutivo Nacional forzará al Poder Legislativo Nacional, a designar los integrantes de la Comisión Bicameral, y en consecuencia los Directores que le corresponden, antes del día 10 de diciembre próximo, cuándo se producirá la modificación de las mayorías parlamentarias”. Es por ello que solicitaron la medida cautelar hasta tanto se resuelva la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 4 del decreto 1525 del 2009.



dju / dju
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