La entidad consideró que el juez incurrió en prejuzgamiento al haber emitido opinión en torno a las causas, a lo que el juez –al enterarse de la presentación—retrucó sosteniendo que públicamente él no había dicho “nada que no hubiera sostenido en sus sentencias”.
“Cómo no va a ser genuino reclamar contra el atraco más impresionante de la Argentina...”, “yo diría que el robo no es la palabra, podría haber ...podría llegar a configurarse, yo no soy penalista, podría configurar algún grado de la estafa”, “yo estoy fallando a favor de ustedes (Los ahorristas) ”, son algunas de las declaraciones públicas que el BCRA le atribuye al juez, y a las que considera causales de recusación por prejuzgamiento.
Respecto de estas últimas afirmaciones, y en declaraciones formuladas a periodistas de tribunales, Silva Garretón ratificó que, efectivamente, él está a favor de los ahorristas.
“El estoy –señala la presentación del BCRA—permite entender que el magistrado al hablar sobre una determinada manera de fallar afirma que de ese modo lo hizo, lo está haciendo y lo seguirá haciendo”.
“Pero el caso –sostiene en tal sentido—es que en este proceso judicial todavía no se ha dictado una sentencia definitiva, sino tan solo una cautelar, por lo cual nítidamente surge el prejuzgamiento”.
Además, desde el Banco Central de la República Argentina, manifestaron que les resultaba “paradójico” que mientras la Corte Suprema dispuso una audiencia de conciliación entre la entidad y la defensoría, Silva Garretón, quien debe llevar a cabo la misma, formula en la calle ante numeroso público y medios, expresiones, que según explican en la entidad, obligan a recusarlo con causa.
“Es dable de destacar que el instituto de la recusación tiene por finalidad asegurar la garantía de imparcialidad que es inherente al ejercicio de la función judicial” sentenciaron desde el BCRA al tiempo que agregaron que de este modo se intenta proteger el derecho de defensa en juicio de la parte, aún cuando su alcance no deba perturbar el adecuado funcionamiento de la organización judicial.
Sobre ese punto, desde la entidad aseguraron que al parecer dicha garantía no se encuentra resguardada en la instancia actual de la causa porque resulta claro que el magistrado interviniente a partir de sus declaraciones ya ha adelantado “opinión o dictamen”.