20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Polémica en puerta

El "concejo" de un juez

Un fallo judicial del fuero Civil y Comercial entrerriano podría cambiar la conformación del Concejo Deliberante de la ciudad de Gualeguaychú. Si no se apela la decisión, el órgano deberá realizar cambios en su estructura. Una sentencia que ya levantó polémica.

Marcelo Arnolfi, titular del Juzgado en lo Civil y Comercial 2 de Gualeguaychú, promovió un cambio en la forma de hacer política a través de un fallo. Es que de las siete agrupaciones y partidos que se presentaron a elecciones para el Concejo Deliberante de esa ciudad solo dos terminaron formando parte del órgano estatal: el Frente para la Victoria (FpV) y Color Gualeguaychú.

De esta forma, el magistrado aceptó el reclamo presentado por el apoderado del Partido Socialista en Entre Ríos, Marcelo Haddad, y el candidato a concejal por esa fuerza, Oscar Marchionda, quienes exigieron la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 92 y 114 de la Ley 2.988 y el artículo 65 de la Ley 10.027 Orgánica de Municipios.

En este orden, consideraron esa legislación lesiva de la representación efectiva, igualdad y representación republicana contempladas en la Constitución Provincial.

“En Entre Ríos había normativas contradictorias. La Ley 2988 -una ley de la Década Infame hecha justamente para dejar afuera a las minorías-, que establece que para calcular los concejales, se cuentan los votos en blanco dentro de un cociente y se establece un piso. En las últimas elecciones, al haber tantos votos en blanco, partidos que obtuvieron muchos votos, como el nuestro y el Peronismo Federal, quedaron afuera porque no alcanzaron ese piso.”

Así brindó algunas consideraciones al respecto la intendenta Marina Simón, agregando que “en el otro extremo está la Constitución Nacional de 1994, que establece que las minorías tienen derecho a representación; y está la Constitución Provincial de 2008, que dice que se deben contar los votos positivos, no los votos en blanco. Entonces, el Partido Socialista presentó un recurso de amparo diciendo que esa ley de 1934 es inconstitucional y que no puede ser aplicada para establecer quiénes van al Concejo Deliberante porque es injusto con el votante”.

En declaraciones a medios locales, Simón aseguró que “aplicando esa ley, gente que sacó 2.300 o 2.500 votos, entró al Concejo; y Oscar Marchionda, como primer concejal del PS, que sacó 3.876, se quedó afuera teniendo 1.500 votos más”.

Entre otras cuestiones, la mandataria destacó la decisión del magistrado: “Tuvo el coraje de ponerle el cascabel al gato y decir lo que es obvio: que esta ley de 1934 es inconstitucional. Con su fallo dio lugar a nuestro amparo y comunicó a la Junta Electoral local, que preside el juez Victor Arakaki, que debe recalcular la asignación de bancas”.

En este sentido, entendió que los afectados por la decisión apelarán, pero la sentencia de primera instancia “nos habilita a llegar hasta la Corte Suprema de Justicia, que es exactamente lo que vamos a hacer. Aunque en la próxima instancia nos dictaminaran algo negativo, ya tenemos la puerta abierta y llevaremos esto hasta las últimas consecuencias porque creemos que un voto tiene que valer un voto, sin importar si corresponde a las minorías o al oficialismo”.



dju

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