20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Declararon nula la falta de mérito de Menem y Yoma

La Cámara en lo Penal Económico dispuso la nulidad de la falta de mérito que benefició al ex presidente Menem y al ex asesor Emir Yoma en la causa Armas. El defensor Oscar Salvi sostuvo que el tribunal no tenía competencia para resolver de oficio la cuestión.

 
Mediante un fallo que todavía no fue dado a conocer, la situación procesal del ex presidente Carlos Menem y de su ex cuñado Emir Yoma, en relación con el contrabando de armas a Ecuador y Croacia, sufrió una repentina modificación, al resolver la Sala B de la Cámara Federal en lo Penal Económico la nulidad de la falta de mérito dictada a fines del año pasado por el juez de ese fuero Julio Speroni, quien ahora deberá emitir un nuevo pronunciamiento.

Así lo señalaron hoy fuentes judiciales confiables, quienes indicaron que el tribunal , integrado por los jueces Marcos Grabivker, Carlos Pizzatelli y Roberto Hornos, intervino de oficio y ordenó a Speroni un nuevo pronunciamiento, que puede consistir en un procesamiento, un sobreseimiento o una falta de mérito "fundada".

La semana pasada, una fuente cercana a la investigación había advertido que Speroni no llamaría a Menem a ampliar su declaración indagatoria antes que la Cámara se pronunciara en torno de las resoluciones pendientes.

Según pudo saber Diariojudicial.com, la Cámara argumentó su decisión de revocar la falta de mérito en que “no había motivación” en la resolución del magistrado, quien en ese momento aguardaba que se resolviera la cuestión de competencia entre ambos fueros.

En ese mismo texto el tribunal entiende que “la motivación” sustentada por el juez “resulta insostenible”, razón por la cual le impone que “dicte una nueva resolución”.

Menem, contrario a lo que habían asegurado otras fuentes las semana pasada, no declaró hasta el momento en torno al decreto 103/95 que autorizaba la venta de armas a Venezuela, cuando en realidad los cargamentos fueron remitidos a Ecuador, país que se encontraba en un conflicto bélico por cuestiones fronterizas con Perú.

La nulidad de la resolución adoptada por Speroni, producida en los días posteriores a la indagatoria de Menem el pasado 13 de noviembre, forma parte de un fallo de la Sala B en el cual se resolvió revocar los procesamientos prisiones preventivas y embargos que en su momento había dictado el juez federal Jorge Urso, antes de la intervención de la Corte Suprema de Justicia, que básicamente consideró que no existía una asociación ilícita, a la vez que sostuvo que tampoco hubo falsedad ideológica.

La Sala Segunda de la Cámara Federal había dejado sin resolver las apelaciones a los procesamientos dictados contra Menem, a quien Urso consideró como jefe de una asociación ilícita, y los de Antonio Erman González y Martín Balza como organizadores, así como también la del ex subjefe del Ejército Raúl Gómez Sabaini, cuando la causa transitó a un ritmo vertiginoso por la Corte, luego por la Cámara de Casación y finalmente -tras considerar que el delito de contrabando subsumía a los demás que habían quedado en pie en la causa— remitida al fuero Penal Económico.

El abogado defensor de Menem, Oscar Salvi, sostuvo hoy, al conocer lo resuelto por la Cámara que el tribunal “no tiene competencia” para resolver de oficio ya que “la resolución no estaba apelada por ningún fiscal”.



dju / dju
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