Además, denunció que con la aplicación del corralito el ahorrista fue “víctima de la vulneración de su patrimonio” ya que la “constitución de sus depósitos había sido efectuada bajo la vigencia de un régimen que garantizaba su inalterabilidad”.
La juez tomó esa decisión en los autos caratulados “Poccard Carlos Benito Roque C/ PEN S/ amparo” y siguió los argumentos que la Corte Suprema utilizó cuando resolvió el expediente del caso "Smith" para considerar como “irrazonable” el alcance de estas normas restrictivas del libre uso de los depósitos.
En relación al decreto 214/02, mencionó que la pesificación de las obligaciones, los depósitos y deudas profundizan la desproporción entre el medio elegido y el fin propuesto para conjurar la crisis.
En la resolución, Sarmiento dispuso que la entidad debía reintegrar al ahorrista la totalidad de sus depósitos en dólares o en pesos en cantidad suficiente para adquirir la igual suma según los valores del mercado libre de divisas.
“Las normas contenidas en el decreto 214, lejos de propender a mitigar la injustificada lesión a derecho de propiedad a mitigar la injustificada lesión a derecho de propiedad de la parte accionante, la ha agraviado coadyudando su privación y aniquilamiento”, enfatizó la juez.