05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024

El proceso se hace entre todos

El Senado bonaerense dio media sanción, de forma unánime, a una serie de iniciativas que prevén una mayor participación de parte de las víctimas o sus familiares durante la investigación y el juzgamiento de un delito.

En su última sesión, el Senado de la provincia de Buenos Aires aprobó varias iniciativas tendientes a que aumente la participación de la víctima y sus familiares durante el proceso, particularmente en las etapas de investigación y juzgamiento del delito. Las propuestas recibieron el apoyo unánime de los legisladores.
 
Los proyectos son del senador José Luis Pallarés (Frente Renovador) y, entre otras cosas, también contemplan la participación de asociaciones que representen intereses colectivos para que se presenten como “parte procesal” en procesos específicos, como la trata de personas o la violencia de género.
 
Una de las iniciativas prevé que el particular damnificado sea escuchado por el juez antes de que se acepte un juicio abreviado pactado por el fiscal y el imputado, permitiendo que se solicite el rechazo del acuerdo, ya que hoy no existe participación de la parte afectada en este sentido.
 
La propuesta también prevé que si hay acuerdo de partes, el juicio abreviado se podrá llevar a cabo en cualquier momento hasta el comienzo del juicio oral, sin las limitaciones de tiempo que están contempladas en la normativa actualmente.
 
En los fundamentos de la iniciativa, el senador afirmó que “no cabe duda de que el particular damnificado, en cuanto parte procesal, se halla alcanzado por la protección constitucional del derecho de defensa (art. 18 CN) así como por normativa internacional vigente”. 
 
“No obstante ello, en la actual ley formal de la Provincia de Buenos Aires se advierten algunas restricciones a su actuación que no encuentran justificación práctica y que entorpecen o cercenan ese derecho de defensa así como la posibilidad de ser escuchado sobre el destino del proceso en ciertos supuestos”, señaló el legisador.
 
Pallarés recordó que “se prevé, en tal sentido, la posibilidad de que constituya como tal, no hasta la oportunidad del art. 336, sino hasta el momento mismo de abrirse el debate, aunque en este caso sus facultades aparecerán restringidas a fin de evitar retrocesos, dilaciones o afectación del derecho de defensa en juicio del imputado”. 
 
“En efecto, no hay razones para que quien no se constituyó como particular damnificado al momento del art. 336 no pueda hacerlo posteriormente a los fines de intervenir el debate controlando la prueba, repreguntando, alegando sobre su mérito y aún impugnando la sentencia, siempre que la causa no retrograde”, manifestó el integrante de la Cámara Alta.
 


dju
Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486