20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Por más competencia electoral de la Justicia

Varios diputados de la oposición presentaron ante la Cámara Nacional Electoral propuestas para modificar el régimen de votación actual. Entre ellas se destaca una que prevé el traspaso de la competencia electoral a la Justicia.

Después del revuelo provocado por el presunto fraude cometido en las elecciones de Tucumán, y tras el recuento de votos que arrojó algunas anomalías durante el proceso pero que culminó ratificando la victoria del oficialismo, el sistema de votación fue puesto de relieve tanto por las fuerzas políticas como por la misma Cámara Nacional Electoral.
 
Los problemas que se presentaron con el sistema de boletas durante las elecciones de otras provincias y en las Primarias Abiertas Simultánes y Obligatorias (PASO) nacionales, también generaron posicionamientos al respecto y una declaración de los camaristas de la Justicia electoral en este sentido, en donde solicitaban a los legisladores que traten de avanzar en un sistema que perfeccione el modo de votar para evitar problemas de esta magnitud.
 
En este sentido, un grupo de diputados opositores presentó este lunes ante esa Cámara el “Acuerdo Interpartidario por la Transparencia Electoral en las Elecciones de 2015”, una iniciativa a la que suscribieron los frentes Cambiemos, UNA, Progresistas y Compromiso Federal.
 
Además, la diputada Laura Alonso (PRO) presentó un proyecto de ley en el cual prevé el traspaso de la competencia electoral a la Justicia de ese mismo fuero, dejando de lado la organización que históricamente se lleva a cabo por el Poder Ejecutivo.
 
En el Acuerdo, entre otras cosas, los legisladores solicitan que la Justicia electoral provea boletas en un 50% de la cantidad de electores de la mesa; que el presidente de mesa tenga la obligación de brindar las boletas de los frentes cuando un elector las solicite, un hecho que, según remarcaron, no se cumplió de forma acabada en ninguno de los comicios celebrados hasta el momento.
 
También pidieron que la Justicia electoral publique la nómina con las autoridades de mesa 15 días antes de cada elección, y que las autoridades concurran a un curso de capacitación obligatoria, que en efecto existe en la actualidad; y que la Cámara Electoral use papel carbónico en la confección del acta original del escrutinio con copias para todos los frentes. Estos son solo algunos de los puntos reclamados por la oposición.
 
En tanto, en el proyecto de Laura Alonso se consignó que “de acuerdo con el régimen republicano establecido en el artículo 1º de la Constitución Nacional, la función judicial se encuentra sustraída de los poderes políticos y reservada a magistrados independientes e imparciales. Ello se encuentra particularmente ratificado y reforzado en el artículo 109, al prohibir al Poder Ejecutivo el conocimiento de causas judiciales”.
 
La diputada afirmó que “las competencias vinculadas con la organización del acto eleccionario, desde sus primerísimas etapas, pasando por la regulación de las campañas electorales y la distribución de fondos a los partidos políticos, hasta el escrutinio y la expedición de los títulos respectivos a los candidatos electos, constituyen funciones de naturaleza netamente judicial para la cual se requiere independencia y neutralidad como garantía básica para el normal funcionamiento del sistema democrático”.
 
La integrante de la Cámara Baja reseñó que “no se aplican en materia electoral las justificaciones que han sido elaboradas para aceptar la función jurisdiccional por parte de los órganos de la Administración Pública, con fundamento en su especialidad técnica”.
 
La legisladora refirió: “La función judicial, se define materialmente por consistir en la aplicación del derecho a un caso particular, con fuerza de verdad legal y en forma definitiva. El otro criterio que la describe –elemental- es el orgánico, según el cual únicamente puede ser ejercida por un ente ajeno a la contienda y desinteresado de su resultado. En pocas palabras, imparcial e independiente, condiciones que obviamente no pueden ser predicadas respecto del Poder Ejecutivo y de los órganos que le dependen jerárquicamente, y mucho menos en materia electoral y de partidos políticos”.
 


dju

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