En 2004, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través de su Acordada 28, reguló el procedimiento que derivó en la figura del Amicus Curiae, un recurso que posibilitó la presentación de numerosos y valiosos aportes de organizaciones y entidades que se veían involucradas en asuntos de gran interés para la sociedad que se encontraban en tratamiento ante la Justicia. Se permitió, de esta forma, que parte de la sociedad civil vuelque su trabajo en casos relevantes sin ser parte, pero viéndose comprometidos con la situación.
La disposición de la Corte se aplicó de forma más que interesante en causas como “Mendoza” (sobre el saneamiento del Riachuelo) y la causa “ESMA” (sobre crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar), pero su alcance, lamentablemente, estaba vedado a la Justicia nacional.
La provincia de Buenos Aires, para poder hacer uso de este instrumento, publicó este jueves la reglamentación del Amicus Curiae en su boletín oficial, en orden a la reciente sanción de la ley que creaba esta figura por parte de la Cámara de Diputados local. El proyecto fue ideado por la senadora Mónica Macha (Nuevo Encuentro).
La normativa establece los parámetros generales que se aplican al nivel de la Justicia nacional, es decir: las presentaciones deberán limitarse a expresar opiniones fundadas por escrito, y tendrán que contar con argumentos que resulten valideros y no ser un rejunte de señalamientos y opiniones.
En los fundamentos de la iniciativa, Macha consignó que “a partir de su intensa práctica judicial en Inglaterra, el Amicus Curiae se fue extendiendo a los diversos países de tradición anglosajona, convirtiéndose en un elemento característico del Common Law, frecuentemente utilizado por la Corte Suprema de los Estados Unidos como por la Corte Constitucional Sudafricana”.
“En la actualidad, su práctica forma parte del procedimiento ante los órganos internacionales de protección de los derechos humanos, como la Comisión y la Corte Interamericanas o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Fuera del ámbito específico de los derechos humanos, es una figura utilizada por la única organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre las naciones, como es la Organización Mundial del Comercio”, precisó la legisladora.
La integrante de la Cámara Alta entendió que “estas experiencias en el ámbito del derecho comparado e internacional fueron permeando en una multiplicidad de países de derecho continental, que adoptaron al Amicus Curiae como una manera de fortalecer la legitimación de las decisiones que adopta el Poder Judicial en asuntos de trascendencia institucional”.
“En primer lugar, porque se trata de una figura que promueve la democratización en el ámbito de la justicia, al establecer condiciones equitativas para que las diferentes posiciones en torno a un tema, puedan ser tenidas en cuenta por un tribunal. Desde esta perspectiva, la intervención del Amigo del Tribunal no sólo enriquece el debate constitucional posibilitando que éste sea plural, sino que permite transparentar las prácticas de “lobbying” o “alegato de oreja” haciendo públicos los intereses contrapuestos que atraviesan a la resolución de un conflicto”, expresó la senadora.
dju
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