De la Rúa había sido indagado por las privaciones ilegales de las libertad a raíz de las detenciones de manifestantes durante la vigencia del Estado de Sitio, y la próxima citación dispuesta por la Cámara constituirá la primera vez que un ex presidente constitucional es llamado a declarar acusado por homicidios durante el ejercicio de su cargo.
En un extenso fallo en el que revisó lo actuado por la juez federal María Servini de Cubría a partir de las apelaciones formuladas por las partes, la Sala Primera de la Cámara revocó el procesamiento de Santos, que había sido imputado por el delito de homicidio simple, al entender que si bien las ordenes impartidas tuvieron un peso preponderante no fue él quien los ejecutó, pero sí es responsable en forma "culposa" de los mismos, así como también de las lesiones sufridas por los manifestantes.
Una situación similar se plantea en torno al ex Secretario de Seguridad Interior, Mathov quien había sido procesado por la privación ilegal de libertad de manifestantes y ahora fue procesado por el mismo delito que Santos.
El tribunal también confirmó los procesamientos de los policías de la división Asuntos Internos de la Policía Federal, que dispararon desde vehículos sin identificación contra manifestantes en las inmediaciones en el Obelisco, y de un oficial retirado del Ejercito y personal policial que reprimieron desde el interior del edificio donde funciona el banco HSBC, en avenida de Mayo y Chacabuco, donde perdió la vida un joven que participaba de la protesta con un balazo en la cabeza.
El tribunal introdujo también un nuevo elemento en la causa, cual es el de los vejámenes sufridos por los manifestantes en la represión, por los que deberán responder en indagatoria Santos y Mathov.
De todos modos, el fallo apunta a establecer la responsabilidad del poder político, al descartar los argumentos de Mathov al intentar despegar de sus responsabilidades del accionar de la policía, así como también las del propio de la Rúa como cabeza del gobierno, que resolvió incrementar el operativo sin prever sus "consecuencias".
Sin embargo, confirmó la falta de mérito de De la Rúa y Mestre en torno a las presuntas detenciones ilegales producidas el 19 de diciembre, por entender que las mismas se produjeron dentro del Estado de Sitio y en el marco de las atribuciones que le eran conferidas.
"El despliegue de las fuerzas de seguridad en toda la extensión del territorio nacional y en especial el operativo policial montado sobre la Plaza de Mayo y el Congreso de la Nación y la zona del Obelisco obedeció a una decisión política del gobierno nacional", aseguraron en forma categórica los camaristas Gabriel Cavallo y Horacio Vigliani, integrantes de la Sala.
Al analizar la cuestión, el tribunal entendió que "no fue la conducción de la Policía Federal Argentina u otra fuerza de seguridad quien decidió llevar adelante ese gran operativo, sino el poder político el que ordenó cuales eran los objetivos a cumplir, uno de los cuales era impedir manifestaciones y mantener la plaza libre de personas. Si se quiere el "que" y el "como" ".
Ante esa situación el gobierno de De la Rúa debió prever las consecuencias de su decisión ya que ella "acrecienta el deber de los funcionarios públicos" ya que se "incrementa el riesgo que se produzcan muertes y lesiones" .
En consecuencia, y al analizar la conducta de Mathov, los camaristas entendieron que el ex funcionario "violó sus deberes de control sobre las fuerzas policiales siendo consecuencia de su conducta la producción" de las muertes de los cinco manifestantes y las lesiones, por "homicidio imprudente".
Similar análisis realizan en torno a la conducta de Santos, ya que si bien confirman su procesamiento por abuso de autoridad entienden que el ex jefe de la policía incurrió en el delito de "omisión impropia" o "comisión por omisión" de los asesinatos y las lesiones a los manifestantes.
"Como consecuencia de esa acción imprudente (Santos ) violó sus deberes de proteger la integridad física de los manifestantes y del personal policial" produciéndose luego las consecuencias mencionadas.
Asimismo, la Cámara ordenó la detención del jefe del operativo policial en los alrededores del HSBC, comisario Omar Alberto Bellante por el delito de homicidio simple de Gustavo Ariel Benedetti, y confirmar los de los policías Eugenio Figueroa, Carlos López , Orlando Oliverio y Ariel Firpo como coautores de homicidio simple, trabándose embargos por 500 mil pesos a cada uno.
Asimismo, también confirmó el procesamiento por homicidio simple del jefe de la empresa de seguridad privada del HSBC, el ex oficial del Ejército Jorge Varando por homicidio simple.
Respecto de Mathov y Santos, la Cámara los procesó por "homicidio culposo" en cinco hechos y lesiones en 227 oportunidades.