20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Consejo de la Magistratura de la Nación

Los jueces no son culpables por las fugas

La Comisión de Disciplina y Acusación aprobó la desestimación de una denuncia contra un juez federal acusado de haber incurrido presuntamente en la grave negligencia en el ejercicio del cargo al autorizar el traslado de dos condenados por delitos de lesa humanidad, que posteriormente, se dieron la fuga. Para los consejeros, "era responsabilidad del servicio penitenciario".

La Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura de la Nación aprobó la desestimación de una denuncia contra un juez federal sanjuanino por la fuga de los represores Gustavo Ramón De Marchi y Jorge Antonio Olivera. 

En el expediente 151/13, caratulado “Vega Dante (Fiscal General Subrogante ante la Cámara Fed. Apel. de Mendoza)-pone en conocimiento”, el fiscal Dante Vega solicitó que se investigue lo actuado por los jueces federales de San Juan, Leopoldo Rago Gallo y Miguel Gálvez, en el marco de la fuga de Jorge Olivera y Gustavo De Marchi, condenados por crímenes de lesa humanidad.

De Marchi y Olivera habían sido trasladados por orden del Juzgado Federal Nº 2 de San Juan al Hospital Militar Central para hacerse un chequeo médico. Sin embargo, tres horas después, se fugaron a pesar de la custodia del Servicio Penitenciario Federal (SPF). Por el hecho, el director Nacional del Servicio Penitenciario Federal ordenó "el pase a disponibilidad de oficiales y agentes penitenciarios responsables de la división traslados y seguridad".

Meses atrás, la Comisión de Disciplina y Acusación aprobó la citación en los términos del artículo 20 de los jueces Miguel Ángel Gálvez y Leopoldo Rago Gallo, titulares de los Juzgados Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 y 2 de la Provincia de San Juan, respectivamente. En aquella oportunidad, los consejeros que votaron contra la citación entendieron que "no corresponde a los jueces el control del traslado de los detenidos, sino que ello es responsabilidad del servicio penitenciario". 

En este contexto, el representante del Senado de la Nación, Ruperto Godoy presentó un proyecto de sanción pecuniaria contra uno de los magistrados. Contra dicha propuesta, el consejero-juez Luis María Cabral solicitó la desestimación de la denuncia.

"En octubre pasado, el consejero Godoy hizo una presentación pidiendo la citación por el artículo 20. La imputación original estaba dirigida a la decisión de haber aceptado un traslado por decisiones médicas contra el juez Leopoldo Rago Gallo. En el dictamen por la sanción no se le hace ninguna imputación al magistrado Miguel Gálvez, pero se los citó a los dos", explicó Cabral.

Seguidamente, el consejero afirmó que "Godoy argumentó que el hecho tenía repercusión en la vida pública de la provincia de San Juan", y opinó que "extrañamente lo que tiene repercusión es mantener la situación sobre dos jueces federales sin ningún tipo de fundamentación sobre de lo que habrían hecho en perjuicio de algunas de las normal que reglan la función jurisdiccional".

En este sentido, Cabral aseveró que a los magistrados se los acusa de "actos ofensivos al decoro" y "negligencia en el cumplimiento de sus deberes". Sobre la responsabilidad de los jueces, el consejero destacó que los dos condenados por crímenes de lesa humanidad "son personas que estaban a cargo de personal militar y del servicio penitenciario". En ese escenario, se preguntó: "¿Y la responsabilidad se le adjudica al juez?".

Por último, concluyó que "no hay ningún elemento que fundamente el motivo de dicha sanción. Esta situación se mantiene porque se pretende mantener la causa abierta".

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