20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Pastilla adelgazante que mata

Un médico fue imputado por homicidio imprudente, pero un Tribunal anuló el sobreseimiento. Le endilgan haberle dado a un paciente una pastilla para adelgazar que le causó la muerte. En la causa se comprobó que el galeno no obligó a la víctima a realizar los estudios correspondientes. El “deber objetivo de cuidado”, el fundamento del fallo.

Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial
Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial

La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso del Ministerio Público Fiscal y anuló el sobreseimiento de un médico “especialista en medicina estética, cirugía y obesidad”, que se encuentra investigado por la muerte de un paciente, a quien le habría proporcionado pastillas adelgazantes.

La Sala I del Tribunal, integrado por los camaristas Mariano Borinsky, Ana María Figueroa y Gustavo Hornos anuló la decisión de la Cámara del Crimen que confirmó, por mayoría, el fallo de Primera Instancia que dispuso el sobreseimiento F.D.S. en orden al delito de homicidio culposo.

Según recogen los testimonios del caso, J.A.M. falleció en el interior de su vivienda, producto de la “congestión y edema agudo de pulmón como expresión final de una falla cardíaca”. La investigación giró en torno al médico a partir del testimonio brindado por la viuda de la víctima, que explicó que este padecía de de presión cardíaca y pesaba 120 kilos.

Como producto de la obesidad, concurrió al consultorio del médico. El expediente detalla que el profesional, sin obligarlo a efectuarle estudios previos, le recetó las pastillas. La víctima “ingirió dos comprimidos diarios” y, transcurrida una semana, “comenzó a sentirse mal del estómago, hasta que se produjo su muerte, en horas de la noche, mientras dormía”.

La Cámara del Crimen, al momento de sobreseer, tuvo en cuenta que la conducta “importó una trasgresión a la buena praxis médica”, aunque reconoció que “en rigor de verdad, la prueba colectada no pudo acreditar la relación de causalidad necesaria entre el tratamiento médico impartido y el posterior fallecimiento de la víctima”.

El fiscal del caso había cuestionado el sobreseimiento, debido a que consideró acreditado que el profesional de la medicina “omitió practicar” los estudios indicados para recetarle las pastillas. Dado que de haberlos efectuado “se hubiera descubierto la patología que padecía la víctima, ya que las drogas suministradas a un paciente con las condiciones de M., podían provocar efectos adversos a nivel cardiovascular, congestión, edema pulmonar y muerte, como -a su criterio- sucedió”.

A esa misma solución arribaron los camaristas, quienes valoraron el testimonio de la esposa de la víctima, que relató que, a la semana de empezar a tomar las pastillas comenzó a sentirse mal, “empezó con sudoraciones, deposiciones permanentes, (…) le faltaba el aire y se sentía sin fuerzas”.

El juez Borinsky, quien lideró el voto de la Casación, sostuvo que, sobre la base del tipo penal del homicidio culposo en estos casos, donde importa el “deber de cuidado” que tiene el profesional para con su paciente, que se debió ponderar, “más allá de la relación causal existente entre el suceso y el resultado”, la observancia o no de ese deber objetivo “que su rol de médico le reclamaban de acuerdo a los deberes de diligencia requeridos por la lex artis”.

“Debe merituarse el comportamiento específico del profesional que pudiendo evitar -con una diligencia exigible a un médico normal por sus conocimientos y preparación- el resultado lesivo o mortal para una persona, no pone con su contribución una actuación impulsada a contrarrestar las patologías existentes con mayor o menor acierto”, sostuvo el camarista.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486