17 de Diciembre de 2024
Edición 7114 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/12/2024

Teléfono para el Consejo por los discapacitados

El Jugado Federal de Dolores ordenó al Consejo de la Magistratura de la Nación que tome las medidas para garantizar el acceso de las personas con discapacidad motriz al Juzgado Federal de Necochea. 

En los autos "Ministerio Público de la Defensa de la Nación, c/ Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación s/ amparo ley 16.986”, el Jugado Federal de Dolores resolvió que, de manera urgente, "el Consejo de la Magistratura arbitre los medios necesarios para reparar los derechos lesionados y en consecuencia lleve adelante los trámites, licitaciones, compras o contrataciones que fueren necesarios para que en el menor tiempo posible – el que no deberá superar los tres meses­  se garantice la efectiva accesibilidad al Juzgado Federal de Necochea de las personas con discapacidad motriz o capacidad motriz reducida”.

La causa fue promovida por el Defensor Público Francisco Posse, que solicitó que se implementen "medidas inmediatas que garanticen la accesibilidad adecuada  de las personas con discapacidad motriz o capacidad motriz reducida" en el juzgado de Necochea.

Puntualmente, Posse pidió la instalación de un ascensor, plataforma sube escaleras, rampa o cualquier otro dispositivo que asegure el acceso igualitario a todas las personas, sin distinción alguna, a la dependencia judicial y que permita evitar la escalera que, desde hace 10 años, constituye una barrera para el ingreso de muchos ciudadanos al lugar.

Frente al pedido del Defensor, el juez Alejo Ramos Padilla, expresó que "el acceso a la  justicia no se satisface sólo desde una dimensión legal ­con la posibilidad de acceso a la instancia judicial­; sino también en muchos otros casos este derecho debe ser atendido desde el plano físico, ­como se demanda en el caso concreto­  garantizando  que los Tribunales y las oficinas judiciales sean accesibles para todas las personas”

Esa premisa emana de numerosas normas de naturaleza constitucional y convencional que le imponen al Estado Argentino y el caso concreto al Consejo de la Magistratura de la Nación, la obligación de disponer lo necesario para superar y remover los obstáculos que se puedan interponer en su efectiva satisfacción, resaltó el magistrado.

Agregó que es imposible sostener que el Estado garantiza el acceso a la justicia de todos los ciudadanos si algunos justiciables, abogados, peritos o quien deba acceder a los Tribunales no lo pueden hacer si existen obstáculos o carencias arquitectónicas que se lo impidan.

Teniendo en cuenta que la demandada reconoció la existencia de la situación de vulneración de derechos, Ramos Padilla sostuvo que no quedan dudas que es el Consejo de la Magistratura el que debe proveer dichos medios y de manera urgente.


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