La Justicia rechazó conceder una medida cautelar para reinstalar en su cargo a una profesora titular de la Facultad de Veterinaria de la UBA a la que no le renovaron su designación. La especialista pidió su reinstalación por el peligro de dejar “acéfala la cátedra”, pero ya habían designado un reemplazante.
La titular de una cátedra de la materia Fisiología Animal, dictada en la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad de Buenos Aires, a la que no le renovaron su designación pidió su reinstalación en el puesto hasta que se sustancie el recurso administrativo que interpuso contra esa decisión, pero el pedido fue rechazado por la Justicia porque ya se había designado un suplente provisorio.
Ese fue el principal argumento que motivó a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal a desestimar la solicitud entablada en autos “C.B.M.A. c/ UBA s/medida cautelar (autonoma)”.
El fallo, que cuenta con los votos de los camaristas Clara Do Pico, Carlos Grecco y Rodolfo Facio, integrantes de la Sala I del Tribunal de Alzada, pone énfasis en que no hay peligro en la demora debido a que el reemplazante estaba en funciones y la cátedra “no quedaba acéfala” como sugirió la amparista.
El desplazamiento de la amparista, docente universitaria con doce años de antigüedad y con dedicación exclusiva, se originó en un dictamen del jurado académico que propuso que no se renovara su cargo. Pero según la accionante, “no se ha cumplido con el procedimiento establecido en el Reglamento para la provisión de cargos de profesores titulares” y dijo que con la medida se la estaba privando de percibir sus haberes habituales y poniendo en peligro su cobertura médica (DOSUBA).
Por el contrario, la UBA se presentó en el juicio y consignó que “ni el acto administrativo cuestionado, ni el procedimiento concursal pueden ser tachados a primera vista de arbitrarios, puesto que no surge ilegalidad alguna o irrazonabilidad”. La Cámara le dio razón a la casa de estudios.
“Tener por acreditada la verosimilitud en el derecho exigiría evaluar todos los fundamentos exhibidos por la actora y realizar un estudio pormenorizado de los preceptos normativos involucrados en el caso. Ello excede el limitado marco cognoscitivo de este tipo de medida”, advirtieron los camaristas.
Pese a esa cuestión puntual, el principal fundamento que dio la Cámara para rechazar la cautelar fue que no estaba dado el peligro en la demora invocado por la actora, que lo había encuadrado en que estaba “enserio riesgo el normal dictado de la materia” porque la cátedra había quedado “acéfala”.
“Debe ponderarse que, previamente a la solicitud de la medida cautelar, fue designado un profesor a cargo de la cátedra Fisiología Animal hasta el 31 de diciembre de este año”. Sostuvo la Sala I, que recalcó que, en ese contexto, conceder la medida cautelar “importaría afectar los derechos de un tercero que no ha sido parte en este proceso cautelar”.