El Tribunal Oral Federal de San Martín rechazó la competencia territorial para actuar en una causa donde un grupo de personas ingresaban de manera ilegal al país pastillas abortivas, las vendían y realizaban abortos clandestinos. Una mujer murió a causa de la práctica.
En los autos “P. A.L., J. E. y otros s/infracción a los arts. 85, 201, 208 y 210 del Código Penal y 865 del Código Aduanero”, el Tribunal Oral Federal de San Martín rechazó la competencia territorial para entender la causa por considerar que no se tratan de delitos federales.
Según consta en el relato de los hechos, fueron detenidos un grupo de personas acusadas de conformar una banda que ingresaba al país de manera ilegal sustancias utilizadas para prácticas abortivas provenientes de Bolivia. Además, las comercializaban y varios de los miembros realizaban abortos ilegales en diferentes domicilios que iban rotando para evitar ser descubiertos.
Los delincuentes también fueron imputados por la muerte de una mujer que se realizó un aborto que le generó “shock a foco ginecológico, disfunción multiorgánica, aborto séptico, congestión, edema y hemorragia pulmonar”.
Frente a ello, los integrantes del Tribunal, Marcelo Díaz Cabral y Alejandro de Korvez, sostuvieron que la mayoría de los delitos investigados en esta causa son de competencia ordinaria y en cuanto al delito de contrabando corresponde la intervención de la justicia penal económica.
Los magistrados resaltaron que el Código Penal le otorga la competencia territorial al juez donde se cometió el delito y, si bien en esta causa se realizaron allanamiento tanto en Provincia de Buenos Aires como en la Ciudad, la mayor parte de las sustancias prohibidas (Oxitocina y Cytotec) que eran utilizadas por la organización destinada a llevar a cabo las prácticas abortivas fueron secuestradas en jurisdicción capitalina.
En esa línea, la consecuencia del delito más gravoso, tuvo lugar en el Hospital Santojani, situado en la Ciudad capital, donde se produjo la muerte de la mujer.
Finalmente, los jueces resolvieron devolver la causa al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.