20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

No todas las decisiones son definitivas

El STJ de San Luis rechazó un recurso de casación contra una sentencia interlocutoria la cual no hizo lugar a la suspensión del juicio a prueba. “No estamos ante una sentencia definitiva o equiparable a tal, que impida la prosecución del proceso”, indicó el fallo.

En los autos “Recurso de Casación en Autos: “O. S. D. y G. D. A. Lesiones Culposas en Accidente de Tránsito”, el Superior Tribunal de Justicia de San Luis rechazó un recurso de casación contra una sentencia interlocutoria la cual no hizo lugar a la suspensión del juicio a prueba.

Así, los jueces rechazaron el recurso de casación, al entender que “ataca una sentencia que no es equiparable a definitiva” y que “cuya consecuencia es que el imputado continúe sometido al proceso, no revisten el carácter de sentencias definitivas o equiparables”.

“En materia criminal como la que se trata, solo produce sentencia definitiva o resuelve cuestión constitucional el auto de sobreseimiento y la sentencia definitiva y auto fundado que dispone no instruir sumario por inexistencia del delito o causal impeditiva o extintiva de la acción penal”, citó el tribunal.

Con relación a la obligación de seguir sometido a proceso, los vocales recordaron que la Cámara Nacional de Casación Penal ha dicho que “estas decisiones no reúnen las características de una sentencia definitiva”. Además señalaron que en el caso no puede demostrarse en qué medida esa obligación es capaz de causar “un gravamen de insuficiente, imposible o tardía reparación ulterior”.

“Por lo que no estamos ante una sentencia definitiva o equiparable a tal, que impida la prosecución del proceso”, sostuvo el fallo y remató: “Por tanto, no ha quedado habilitada la vía de la casación. En consecuencia, no reuniendo los requisitos necesarios para provocar el juicio de casación, el medio recursivo en estudio deviene formalmente improcedente”.



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