20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Mejor lejos de casa

Un tribunal de Neuquén rechazó el recurso de apelación interpuesto por el progenitor de un niño y dejó firme una resolución que declaró el estado de adoptabilidad de su hijo. Los jueces oyeron al menor, quien expresó la negativa a relacionarse con sus padres.

La Sala Segunda de la Cámara Civil de Neuquén rechazó el recurso de apelación interpuesto por el progenitor de un niño y dejó firme una resolución que declaró el estado de adoptabilidad de su hijo.

La jueza de primera instancia rechazó establecer un régimen de comunicación del hijo con el padre y decretó el estado de adoptabilidad del niño. Todo ello en los autos  “M. G. S/ Medida de Protección Excepcional de Niños y Adolescentes”.

De las constancias del expediente surge la imposibilidad de la madre del niño de hacerse cargo de la crianza de éste. Incluso la misma madre prestó asentimiento para que su hijo fuera ingresado a un hogar en atención a la conducta violenta y agresiva que el pequeño presentaba, tanto hacia su progenitora como hacia terceras personas, y que comprometía su escolarización.

Luego, la madre se “desentendió” del niño y tampoco se preocupó por su estado o por reconstruir el vínculo materno-filial. En tanto, el padre tiene antecedentes de conducta violenta por golpes hacia la madre y los hijos, rotura de juguetes y ensañamiento con la mascota del niño.

 

En el caso, los magistrados estimaron la edad actual del niño, el tiempo de permanencia en el hogar, la imposibilidad de lograr acuerdos con la familia extensa, como así también la negativa del menor a relacionarse con sus progenitores.



En este escenario, el Tribunal de Alzada repasó los detalles del expediente y explicó que intención del padre “no es hacerse cargo de la crianza de su hijo, sino que vuelva con la madre”. Sin embargo, los magistrados destacaron que la conducta del niño “ha mejorado notablemente a partir del alejamiento del núcleo familiar de origen, desapareciendo los episodios de ira y logrando la escolarización, como así también relacionarse con niños de su edad y jugar con ellos”.

En el caso, los magistrados estimaron la edad actual del niño, el tiempo de permanencia en el hogar, la imposibilidad de lograr acuerdos con la familia extensa, como así también la negativa del menor a relacionarse con sus progenitores.

En este sentido, los vocales hicieron especial hincapié en que el pequeño ha manifestado su conformidad en ser incluido en un nuevo grupo familiar, por lo que confirmaron lo decidido en la instancia de grado.


Aparecen en esta nota:
adopción menor fallo Neuquén

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486