20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Un desequilibrio millonario

La Justicia de Formosa resolvió que un hombre deberá pagarle a su ex cónyuge una suma millonaria por el desequilibrio económico que le provocó el divorcio.

Un hombre deberá pagarle a su ex cónyuge más de medio millón de pesos por el desequilibrio económico que le provocó el divorcio. Así lo resolvió el Tribunal de Familia de Formosa en los autos “A. F. c/ M. O. R. s/ Divorcio – Inc. de Compensación Económica (M. O. R.)”.

En el caso, la mujer solicitó una compensación económica derivada del presunto “grave perjuicio y desequilibrio económico que le provocó la disolución del vínculo matrimonial”, lo que implicó, según su relato, un “empeoramiento de la situación que tenía anteriormente al divorcio”.

La actora explicó que renunció a su trabajo de empelada bancaria -presionada por su ex cónyuge- para dedicarse al cuidado de sus hijos y del hogar. También señaló que a pesar de haber culminado sus estudios de abogacía “no ha podido insertarse de lleno en el mercado laboral teniendo que depender en forma autónoma de eventuales clientes, pudiendo haber ascendido en el banco a un cargo gerencial, con una futura jubilación y obra social asegurada”.

Por su parte, el ex cónyuge esgrimió que la separación de hecho ocurrió en 2008 y que la sentencia de divorcio “solo ha venido a reconocer jurídicamente la situación de hecho imperante”, por lo que advirtió que la disolución del matrimonio “no puede ser la causa de un estado de desequilibrio actual de la reclamante”.

 

“Esa seguridad económica que le brindaba el esposo durante el matrimonio le permitió a la actora despreocuparse de la cuestión económica y no obstante el trabajo dedicado a la familia, iniciar sus estudios universitarios, los que culmina luego de separada de hecho”, explicó la magistrada en el fallo.

 

Asimismo reconoció que la accionante trabajaba en una entidad bancaria, pero negó que él fuera quien la indujo a renunciar a dicho puesto laboral para ocuparse de la familia, sino que la desvinculación laboral fue una decisión personal de su cónyuge.

En este escenario, la jueza tuvo por probado que “la actora –antes de casarse- tenía un trabajo y un ingreso fijo, y que una vez que renunció se dedicó a su familia”, mientras que su ex cónyuge se dedicó a la actividad empresarial y aportaba el 100 por ciento al sostenimiento del hogar.

“Esa seguridad económica que le brindaba el esposo durante el matrimonio le permitió a la actora despreocuparse de la cuestión económica y no obstante el trabajo dedicado a la familia, iniciar sus estudios universitarios, los que culmina luego de separada de hecho”, explicó la magistrada en el fallo.

En concreto, la sentenciante destacó el "holgado" nivel de vida que gozaban durante la convivencia y concluyó: “El descenso del nivel de vida en lo económico y social que sufrió la esposa al separarse respecto del que efectivamente gozaba durante el transcurso de la relación matrimonial, fue notorio”.



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