Un Tribunal de Rosario condenó a una empresa de venta de celulares por vender un aparato con fallas y, a sabiendas de los desperfectos, no ofreció canjearlo o restituir el pago.
En los autos "Mansilla Liliana c/ Blas Martinucci e Hijos S.A. s/ juicio daños y perjuicios", la Cámara de Apelación de Circuito de Rosario condenó por daño punitivo a una empresa vendedora de teléfonos celulares que conociendo las fallas que presentaba el aparato, no ofreció canjearlo o restituirle lo pagado.
Los miembros del Tribunal resaltaron que a pesar de los también reiterados reclamos formulados de la actora, del tiempo, y lógico disgusto, que a ella le insumían en tales menesteres y la privación del servicio que había perseguido con su compra, la empresa nunca se hizo responsable como hubiera sido la conducta debida por un comerciante que se precie de serio, responsable y respetuoso de un cliente que le depositó su confianza.
El fallo sostiene que la empresa incurrió en un dolo civil en tanto, a sabiendas que el producto tenía fallas que el servicio técnico no lograba eliminar a pesar de reiterados intentos y de los largos períodos que retuvo el móvil, en ningún momento ofreció darle un nuevo teléfono o reintregrarle los gastos.
Los magistrados detallaron que luego de un año de reclamos y tratativas, la demandante sólo pudo utilizar el celular adquirido poco más de 60 días y con limitaciones técnicas, "considerando que, en la actualidad, los teléfonos celulares se convirtieron en elementos vitales, pues constituyen el modo de estar conectados en todo momento con el mundo, sea para comunicarse con amigos o familiares, comprar on line, etc".
A ello debe sumarse que "quien concurre a una casa acreditada en la venta de artículos del ramo, lo hace porque presume seriedad y responsabilidad y no desidia, conductas esquivas o desconsideradas".
El fallo sostiene que la empresa incurrió en un dolo civil en tanto, a sabiendas que el producto tenía fallas que el servicio técnico no lograba eliminar a pesar de reiterados intentos y de los largos períodos que retuvo el móvil, en ningún momento ofreció darle un nuevo teléfono o reintregrarle los gastos.
Finalmente, los camaristas condenaron a la empresa a abonar la suma de $12.500, en concepto de daño punitivo y moral.